Julio César Loera.
El Delegado de la Fiscalía General del Estado en la Región Sureste, Julio César Loera, señaló que un conductor que cause la muerte de una persona en un accidente de tránsito puede enfrentar penas de hasta cinco años de prisión, principalmente cuando se presentan factores agravantes como manejar a exceso de velocidad o bajo los efectos del alcohol.
El funcionario explicó que estos hechos se encuentran tipificados en el Código Penal como homicidio culposo, al tratarse de una conducta no intencional, lo que deriva en una disminución de la sanción en comparación con los delitos dolosos.
Precisó que mientras el homicidio doloso contempla castigos que oscilan entre los siete y 16 años de cárcel, el homicidio culposo establece una pena máxima de hasta cinco años y seis meses, debido a la naturaleza del ilícito.
Sin embargo, Loera puntualizó que el consumo de alcohol al momento del accidente representa un agravante que incrementa la penalidad prevista en la ley, aunque el delito conserva su carácter culposo.
Finalmente, el Delegado destacó que la Fiscalía General del Estado realiza un análisis individual de cada caso, considerando las circunstancias específicas de los hechos, con el propósito de aplicar las sanciones correspondientes y fomentar una cultura de responsabilidad vial.