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Corte invalida cobro de licencias de funcionamiento para infraestructura energética en San Pedro

EL SIGLO

Este lunes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió procedente y fundada la controversia constitucional que declaró la invalidez de un artículo de la Ley de Ingresos del Municipio de San Pedro que establecía un pago de derechos por la expedición de licencias de funcionamiento para extracción de gas shale, hidrocarburos y de energías renovables. 

El proyecto fue presentado por la ministra Sara Irene Herrerías Guerra que atendió observaciones de la ministra Yasmín Esquivel y el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz.

El objetivo de la controversia constitucional 124/2025 fue el artículo 38, fracción VI, numerales 1, 2, 3, 4, 5 y 6 de la Ley de Ingresos de San Pedro para el Ejercicio Fiscal 2025 contra el que la Consejería Jurídica de la Presidencia promovió una controversia contra los Poderes Legislativo y Ejecutivo del Coahuila. 

La Consejería alegó conceptos de invalidez, el primero que la norma impugnada vulneraba la competencia exclusiva de la Federación en materia de hidrocarburos y de energía eléctrica, al establecer un pago de derechos por la expedición de licencias de funcionamiento para distintas actividades, sin que el congreso local tuviera facultades para regular el uso de suelo y permisos de construcción en ambos sectores. 

En su momento el asunto fue turnado al ministro Alberto Pérez Dayán quien lo admitió a trámite y consultó a la Cámara de Diputados y al Senado que lo consideraron inconstitucional; mientras el Congreso de Coahuila y el consejero jurídico del Gobierno del Estado formularon una constitucionalidad. 

Al constituirse la nueva Corte se estableció que el asunto pasaba a la ministra Herrerías Guerra, quien resolvió procedente y fundada la controversia constitucional y en su proyecto declaró invalidez del artículo de la Ley de Ingresos de San Pedro. 

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