La fascinación por el ajolote tiene un costo legal muy alto. [Pexels]
El ajolote mexicano, ambystoma mexicanum, dejó de ser una criatura mítica para convertirse en todo un ícono nacional. El salto a la fama de esta especie endémica de Xochimilco llegó con el billete de $50 pesos, cuyo diseño lo integró como elemento y generó fascinación masiva en el país, tanta, que todos queríamos guardar un ajolotito en nuestra cartera.
El encanto por el ajolote no se quedó en querer guardar billetes con su imagen, también ha generado una tendencia peligrosa, el deseo de tener un ajolote como mascota, a pesar de que la especie se encuentra catalogada ‘En peligro de Extinción’ (P), de acuerdo con lo establecido en la NOM-059-SEMARNAT-2010 y su tenencia puede derivar en multas.
¿Se puede tener un ajolote de mascota en México?
La respuesta es sí, en México se pueden tener ajolotes como mascotas, pero con condiciones y llevando a cabo un proceso legal.
![[Unsplash]](https://tecolotito.elsiglodetorreon.com.mx/cdn-cgi/image/format=webp,width=412/i/2025/11/1958003.jpeg)
La única especie de ajolote que es legal como mascota es la ambystoma mexicanum, pero los ejemplares deben provenir de establecimientos registrados ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
Los ajolotes silvestres y de especies distintas a la antes mencionada están protegidos por la SEMARNAT y su posesión es ilegal.
Al comprar ajolotes en establecimientos autorizados podrás obtener un documento que acredite su procedencia legal; de lo contrario puedes caer en un delito federal.

VER TAMBIÉN ¿Dónde dan licencia permanente en 2025? Estos son los estados confirmados
Cinco estados de México permiten tramitar la licencia permanente en 2025; conoce requisitos y costos¿Cuál es la multa por tener un ajolote como mascota en México de manera ilegal?
La posesión de ajolotes sin documentación que acredite su procedencia legal, el tener especies no permitidas; e incluso contar con procedencia legal, pero mantener a los ejemplares bajo condiciones inadecuadas puede ser penado por la ley.
El artículo 122 de la Ley General de Vida Silvestre establece que es un delito sancionable poseer colecciones de especímenes de vida silvestre sin contar con el registro otorgado por la SEMARNAT en los términos previstos. Manejar ejemplares de especies exóticas sin respetar los términos de plan de manejo aprobado: así como poseer ejemplares sacados de su hábitat natural. Por lo que las multas son equivalentes de 50 a 50 mil UMAS. Es decir desde los 5 mil pesos a los 5 millones de pesos.
El artículo 420 del Código Penal Federal de México, por otro lado establece que se impondrá una pena de uno a nueve años de prisión y por el equivalente de 300 a 3 mil días de multa a quienes capturen o posean ejemplares endémicos, amenazados o en peligro de extinción.
Si alguno de los delitos se realiza o afecta una zona natural protegida o se realiza con fines comerciales, el castigo sumará 3 años más de prisión y hasta mil días de multa.
La ley es clara, el ajolote no es un artículo de lujo ni una simple mascota, es una especie en peligro de extinción, por lo que la mejor forma de asegurar su supervivencia es proteger su hábitat y admirarlos en los centros de conservación.

VER TAMBIÉN Critican reforma de Sheinbaum a Ley General de Aguas en audiencias públicas de zona norte
Flores Calvo advirtió de una posible 'satanización' a la producción agrícola