Rodrigo Germán Paredes Lozano. (ARCHIVO)
En medio de un proceso electoral del Poder Judicial, mismo que se llevará a cabo por primera vez en el país y también, por primera vez en la historia del Instituto Electoral de Coahuila, su titular, en este caso, Rodrigo Germán Paredes Lozano, fue destituido de su cargo por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral en la CDMX.
Fue durante una sesión extraordinaria y en seguimiento a la denuncia interpuesta por Oscar Daniel Rodríguez Fuentes, Consejero Electoral del Instituto Electoral de Coahuila, que se generó el Proyecto de Resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, respecto del procedimiento de remoción de Consejeras y Consejeros Electorales identificado con la clave de expediente UT/SCG/PRCE/ODR/ CG/4/2024 y UT/SCG/PRCE/ JPDV/CG/26/2024.
Lo anterior dictado por la autoridad investigadora de la Contraloría Interna Órgano Interno de Control del Instituto Electoral de Coahuila, en contra del Consejero Presidente del Instituto Electoral de Coahuila, Rodrigo Germán Paredes Lozano, por la presunta realización de conductas que podrían configurar alguna de las causales de remoción previstas en el artículo 102, párrafo 2 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales. Las conductas denunciadas fueron: a. El nombramiento de David Piza Núñez, como Coordinador de Proyectos Especiales, adscrito a la Dirección Ejecutiva del IEC, infringiendo las disposiciones normativas aplicables al caso. b. El indebido nombramiento de Mario Alberto Flores Bazaldúa, como Coordinador de adquisiciones adscrito a la Dirección Ejecutiva de Administración del IEC, sin cumplir con las disposiciones normativas conducentes. c. La indebida promoción de David Alejandro Villanueva Rivera, incumpliendo las disposiciones jurídicas establecidas para ello. d. Utilizar las instalaciones materiales oficiales del IEC como domicilio particular para oír y recibir notificaciones en un juicio. e. Nombrar a personas servidoras públicas del IEC para intervenir en un juicio laboral particular del denunciado, en contravención al marco normativo del OPLE.
De acuerdo al Consejo General del INE, quedó acreditado que "la actuación del Consejero Presidente denunciado, en la presente causa, consistente en tener notoria negligencia, ineptitud y descuido en el desempeño de la funciones que deba de realizar y realizar nombramientos y promociones, infringiendo las disposiciones correspondientes; constituyen causas graves de remoción, conforme a lo dispuesto en el párrafo 2, incisos b) y d) del artículo 102 de la LGIPE y 34, incisos b) y d) del Reglamento de Remociones".
La autoridad electoral también señaló que "al analizar la totalidad de las constancias y adminicular los elementos de prueba que integran el expediente al rubro citado, se desprende una reiteración de conductas que reflejan una sistematicidad en la inobservancia de las disposiciones normativas que regulan el ejercicio de las atribuciones del Consejero Presidente, esto es, se advierte un patrón conductual consistente en realizar acciones contrarias a lo establecido en preceptos constitucionales, legales, reglamentarios y de otros ordenamientos jurídicos que vulneran los principios rectores de la función electoral, como son los de legalidad, certeza y profesionalismo".
Cabe señalar que Rodrigo Paredes Lozano fue nombrado como Consejero Presidente del IEC en agosto del año 2022, por un periodo de siete años, comprendidos desde el tres de noviembre de dos mil veintidós al dos de noviembre de dos mil veintinueve.