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¿El día 1 de junio será feriado? Esto te deben pagar si lo trabajas

La Ley Federal del Trabajo responde a las dudas sobre laboral el día 1 de junio

Día 1 de junio según la Ley Federal del Trabajo (ESPECIAL)

Día 1 de junio según la Ley Federal del Trabajo (ESPECIAL)

ELENA GONZÁLEZ

Se acerca el 1 de junio, día que en México se celebrarán elecciones al Poder Judicial, además de la renovación de varios cargos de ayuntamiento en el estado de Durango. 

Aunque dicha fecha cae en domingo, día en el que miles de trabajadores descansan, otros más tendrán que asistir a sus trabajos debido a las actividades por las elecciones.

Debido a que 'no es un día común', surge la duda entre varios si el 1 de junio se toma como feriado, igual que otras fechas similares en el calendario.

Para responder a lo anterior, la Ley Federal del Trabajo (LFT), señala que, según el artículo 74, el día 1 de junio se considera como feriado, por lo que aquellos que se vean obligados a laborarlo recibirán un pago extra

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¿Cuánto tienen qué pagarme si trabajo el día 1 de junio? 

Igual que otras fechas en el calendario establecidas por la Ley Federal del Trabajo, el 1 de junio deberá tomarse como un día feriado y todos aquellos que lo trabajen, deberán recibir una compensación económica.

El pago que deben recibir los empleados que trabajen en dicha fecha es el siguiente: 

  • Sueldo ordinario. 
  • Sueldo doble.
  • Prima dominical, debido a que el día 1 de junio cae en domingo. 

"Si un día de descanso obligatorio coincide con un domingo, el trabajador tiene derecho a recibir un pago doble por el servicio prestado, además de la prima dominical (al menos un 25% sobre el salario ordinario), señala la Ley Federal del Trabajo.

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En este proceso se decidirán más de 800 cargos federales, aparte de los locales

¿Qué hacer en caso de que no me quieran pagar el salario triple por trabajar el 1 de junio? 

En el caso de que la empresa donde labores se niegue a cubrir el salario establecido por la Ley Federal del Trabajo, puedes reportar la situación a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) o llamando directamente al número 55-59-98-20-00.

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