Este lunes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación tenía enlistados cuatro proyectos de la ministra Lenia Batres, cinco de la ministra Loretta Ortiz y dos de Yasmín Esquivel. De los cuáles terminó por debatirse los iniciales tres. Cuatro de los proyectos implicaban conflictos en la Ley de Ingresos y derechos humanos.
Uno de los proyectos que alargó la discusión fue la acción de inconstitucionalidad 1/2024, promovido por la ministra Lenia Batres, cuyo proyecto contemplaba declararla precedente y cuyos efectos serían la invalidez del artículo 168 del decreto del Honorable Congreso de Puebla sobre la Ley de Movilidad y Seguridad Vial.
Aparte de reconocerse la validez de las porciones normativas, de forma que se evite que los conductores de vehículos de propulsión mecánica puedan ser sancionados con la cancelación de su licencia por una temporalidad de hasta 10 años y sin que se pueda expedir una nueva, como dice el artículo.
Por lo cual, la Suprema Corte avaló que en Puebla sea obligatorio contar con un seguro de responsabilidad civil para circular, “al no afectar el libre tránsito ni la movilidad”; en cambio se determinó invalidar la cancelación de la licencia, esto con la resolución que sufrirá cambios.
Luego de votarse el proyecto el Pleno aprobó la suspensión por un año de la licencia para conducir a quien de positivo a una prueba del alcoholimetría.

(ESPECIAL)