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Lenia Batres propone que UIF pueda bloquear cuentas sin orden judicial

Batres plantea que se considere el congelamiento de cuentas no como una sanción de operaciones con recursos de procedencia ilícita sino una medida cautelar

Lenia Batres propone que UIF pueda bloquear cuentas sin orden judicial

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EL SIGLO

El 4 de diciembre, la Suprema Corte analizará dos proyectos de la ministra Lenia Batres respecto al bloqueo de cuentas sin orden judicial que hace la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF). 

El amparo directo en revisión 6320/2024 resuelve que la Suprema Corte confirma la sentencia recurrida y determina que no ampara ni protege a la parque quejosa contra la sentencia reclamada. 

Los argumentos de Batres en el asunto mencionado parten de que no fue una autoridad internacional bajo cuya petición se realizó el bloqueo de cuentas, sino en cumplimiento con acuerdos internacionales, lo que se declaró ineficaz.

Como tema se señaló que el bloqueo de cuentas por parte de la UIF se considera inconstitucional cuando la solicitud proviene de un organismo nacional, pero Batres plantea que este criterio debe “interrumpirse” siendo no necesario que exista una petición. 

En sus argumentos dice que la UIF tiene entre sus facultades específicas la investigación en materia financiera y de conformidad con las disposiciones legales respectivas, contando con facultades administrativas como el bloque de cuentas. 

Batres plantea que se considere el congelamiento de cuentas no como una sanción de operaciones con recursos de procedencia ilícita sino una medida cautelar, bastando una solicitud “debido al dinamismo del mercado financiero”. 

Al ser una medida cautelar sirve para iniciar una investigación que luego deberá contar con la participación del Ministerio Público.

La  ministra asegura que las personas a las que les sean bloqueadas las cuentas disponen de medios de defensa. En su proyecto señala un trato desigual entre las solicitudes internacionales que fueron consideradas constitucionales, mientras las nacionales fueron proscritas.

Además, defiende que el bloque de cuentas se mantenga durante la investigación y rechaza que con esto no exista inseguridad jurídica al tratarse de prevenir y detectar delitos importantes como terrorismo, lavado de dinero, operaciones con recursos de procedencia ilícita y otros. 

El amparo directo 14/2025, también a cargo de la ministra Lenia Batres, resolverá una revisión a la legalidad de una sentencia dictada por el pleno Jurisdiccional de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, donde se reconoció la validez de una resolución emitida por la UIF, en el sentido de no eliminar a una persona de la Lista de Personas Bloqueadas. 

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