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Los corridos “tumbados” se han convertido en el género más escuchado en los últimos años en nuestro país, pero figuras como Natanael Cano, Peso Pluma o Tito Double P, por hablar de los más célebres, se han visto asediados por interpretar un concepto musical que actualmente se asocia con el crimen organizado debido a sus narrativas “bélicas”… algo nada nuevo para la historia musical. Ya desde 1931 José Rosales cantaba: “Agarrándose la cara / el Pablote cayó herido. La bala cuarenta y cinco / el pecho le atravesó. Y casi instantáneamente / muerto en el suelo cayó”.
Dicho lo anterior, no sorprende que el principal acechador de este tipo de artistas sean las mismas organizaciones criminales, quienes han llegado a lanzar amenazas a algunos cantantes durante sus giras con tal de impedir sus presentaciones. No obstante, este último año el gobierno también ha lanzado una campaña para prohibir, o por lo menos limitar, toda aquella música que haga “apología de la violencia”.
Pese al estigma que tiene actualmente, el corrido siempre ha sido un canal para contar historias e incluso hacer protesta en contra del Estado: “En una pinche cueva llena de pudrición, estaba el presidente chingan do a la nación”, reza un tema de Andrés Contreras.
Parece ser que el actuar del gobierno se basa en la idea de que “evitando” que se distribuyan los productos culturales que abordan este tipo de temáticas, estarían logrando mitigar la delincuencia, cuando es el arte el que expresa distintas perspectivas de una realidad, y no la realidad la que imita a las expresiones creativas. Bajo esa (i)lógica, se daría paso a que en un futuro posible se extingan, por ejemplificar, las letras de Elmer Mendoza, considerado el padre de la narcoliteratura, o que ocurran eventos similares a cuando presuntamente el expresidente Felipe Calderón llamó “traidor a la patria” al cineasta Luis Estrada por su sátira política El Infierno.
Hasta este segundo sexenio morenista, se ha demostrado que en algunos aspectos ideológicos el hámster “les corre” para el mismo lado que gobiernos anteriores, y es que siguen manteniendo la narrativa de generar conciencia a base de prohibiciones mal redactadas, que no muestran una comprensión del vínculo entre los fenómenos culturales y sociopolíticos, y que simplemente derivan en censura.
SOBRE PROHIBICIONES Y SUS DIFERENTES RESULTADOS
A principios del mes de septiembre de este año, Nepal comenzaría una breve prohibición en el uso de las redes sociales. En una presunta lucha por combatir las llamadas fake news (noticias falsas), los discursos de odio y los fraudes en línea, las autoridades de dicho país terminaron por bloquear el acceso a más de 20 plataformas digitales por un supuesto incumplimiento de las normativas gubernamentales, causando así la suspensión de aplicaciones como WhatsApp, Facebook, Instagram y YouTube. Esto causó una movilización inmediata por parte de la ciudadanía, mayormente de los jóvenes (la llamada “generación Z”), quienes realizaron una serie de manifestaciones en las que reprochaban inconformidades como la corrupción generalizada y el nepotismo en las altas esferas, los cuales propiciaban un sentido de desigualdad entre la población.
¿El resultado? La renuncia del primer ministro nepalí, Khadga Prasad Sharma Oli, así como propiedades de políticos incendiadas, la muerte de la esposa de un ex primer ministro y la transformación de la plataforma Discord, muy usada entre el sector gamer (quienes juegan videojuegos), en un parlamento digital donde se propuso y se aprobó el nombramiento de Sushila Karki como primera ministra interina.
Si bien Nepal ejemplificó que las redes sociales están muy subestimadas como espacio social y político, en Estados Unidos ya se utilizan para monitorear y clasificar a los ciudadanos. Comunicarse a través de es tas plataformas digitales es lo de hoy, y eso lo sabe muy bien el presidente Donald Trump.
Para darse una idea de la narrativa política estadounidense no hace mucha falta buscar artículos, revistas o periódicos, sino que basta con scrollear por la cuenta oficial de Trump en Truth Social, red social fundada por él mismo tras haber sido bloqueado de Twitter (ahora X) y de Facebook por su supuesto papel al incitar el llamado “Asalto al Capitolio” en 2021.
En este segundo mandato, el discurso de Trump tiene un aire más nacionalista. Se ha enfocado, por ejemplo, en poner mano dura contra la migración, llegando incluso a tomar medidas como el rastreo de re des sociales personales de todo aquel que desee entrar a Estados Unidos, siempre verificando que no existan mensajes en contra de la Unión Americana o, como se aplicó recientemente, respecto al asesinato del activista conservador Charlie Kirk.
El gobierno trumpista siempre ha entendido que la comunicación, a veces agresiva, es necesaria para mantener la atención de las masas y generar movilización. En este sentido, nuestro vecino del norte propició que México, en su afán de protegerse de discursos ajenos y de posibles “intervencionismos”, terminara por meter se (¿sin intención?) un “strike” al que se le ha apodado “Ley Censura”.
ORIGEN DE LA LEY CENSURA: REFORMA Y ERROR
Un spot antiinmigrante, protagonizado por la funcionaria estadounidense Kristi Noem, generó gran controversia en México al transmitirse en televisión abierta. El anuncio formaba parte de una campaña del Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (DHS, por sus siglas en inglés), lanzada hace unos meses en distintos países, para desalentar la migración indocumentada.
En el clip de 30 segundos, Noem emitía un mensaje en nombre del presidente Donald Trump: “Si estás considerando entrar ilegalmente a Estados Unidos de América, ni lo pienses”, subrayando que quienes violaran las leyes migratorias serían perseguidos, captura dos, deportados y no podrían regresar.
La transmisión de este spot en México motivó una fuerte respuesta por parte del gobierno federal, provo cando que la presidenta Claudia Sheinbaum anunciara una iniciativa para reponer, en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, la prohibición expresa para que entidades extranjeras puedan pagar por la difusión de mensajes discriminatorios en medios nacionales.
La mandataria enfatizó que, si bien la promoción turística o cultural de otros países es válida, atentar contra la dignidad o fomentar la discriminación no debe tener cabida en México.
Durante una conferencia matutina, Sheinbaum recordó que este planteamiento ya existía en la ley, pero fue eliminado en 2014 duran te la administración de Enrique Peña Nieto. En aquel entonces, el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) recibió quejas contra televisoras por transmitir mensajes similares provenientes de autoridades estadounidenses.
El artículo eliminado señalaba que concesionarios y permisionarios de radiodifusión no podían transmitir propaganda política, ideológica o comercial de gobiernos o entidades extranjeras que pudiera influir en los asuntos internos del país. Pero la reciente propuesta de reforma vendría con mucha polémica luego de que se conociera que el artículo 109 establecía que “las autoridades competentes podrán solicitar la colaboración de la Agencia (de Transformación Digital) para el bloqueo temporal a una Plataforma Digital en los casos en que sea procedente por incumplimiento a disposiciones u obligaciones previstas”.
Los partidos de oposición alertaron que esto implicaba “autoritarismo digital”, ya que abría la puerta a la “censura”, mientras que la Oficina en México del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos pidió “garantizar espacios de consulta y considerar estándares internacionales en libertad de expresión”. La presidenta Sheinbaum reconoció el error en dicha reforma, asegurando que sería rectificada.
“Para que quede claro: el artículo que tiene que ver con las plataformas digitales… Nunca ha sido nuestro deseo censurar a nadie; entonces, o que se modifique la redacción o que se elimine el artículo, no hay problema, porque ese no es el centro de la ley”, enfatizó, justificando la propuesta como una medida de soberanía.
No obstante, se criticó también que la reforma planteara la eliminación del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para sustituirlo por una nueva entidad, la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT), que quedaría bajo un mayor control del Ejecutivo.
Un punto polémico fue que se contemplara que la nueva agencia tuviera la facultad, bajo ciertas circunstancias, de eliminar contenidos en plataformas digitales, solicitar la ubicación de usuarios, etcétera. Sin embargo, mientras desde Palacio Nacional se intentaban corregir tropiezos y justificar acciones, las disputas ya daban inicio.
BREVE RECORDATORIO DEL MÉXICO SILENCIOSO
“Ninguno puede ser molestado por sus opiniones; todos tienen derecho para imprimirlas y circularlas sin necesidad de previa censura. No se exigirá fianzas a los autores, editores e impresores”, establecía la Ley Lafragua de 1855, considerada una de las principales Le yes de Reforma y que respaldaba la libertad de prensa. Sin embargo, más de siglo y medio después, dicho mandato no parece haber surtido el efecto deseado.
Según la organización Reporteros Sin Fronteras, México es el país más peligroso de América Latina para los periodistas, y ocupa la posición 124 de 180 en su Clasificación Mundial de la Libertad de Prensa, por debajo de naciones como Nigeria, Guinea, Singapur o Filipinas.
Y es que, para ejemplificar, apenas en 2023 fue abrogada la Ley Sobre Delitos de Imprenta (1917), la cual fue emitida hace más de 100 años por Venustiano Carranza y que castigaba con cárcel y multas todo ataque moral o escrito en contra del presidente de la República por su modo de ejercer el cargo.
Dicha derogación sucedió después de que la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados diera paso a una iniciativa para aumentar la pena máxima a quien injurie en contra del presidente, medida que fue rechazada incluso por el mismo Andrés Manuel López Obrador.
Pero no todo queda ahí, porque la prensa, en su ori gen y por definición, necesita plasmarse en un lienzo. Aunque parezca poco creíble, la industria papelera mexicana se consolidó hasta apenas la década de 1990 debido a la falta de infraestructura. Durante gran parte del siglo XX, el país dependió de pequeñas distribuidoras, pero mayormente de importaciones de Estados Unidos y Canadá, para cubrir la demanda de periódicos, editoriales e incluso libros escolares.
No obstante, los pocos productores al alcance constituían un monopolio y, por lo tanto, sus altos costos generaban deudas en las casas editoriales, mismas que exigieron al gobierno de Lázaro Cárdenas (1934-1940) la libre importación de papel o una intervención del Estado para remediar la situación. Esta última fue la opción elegida, dando origen a la empresa estatal Productora e Importadora de Papel, Sociedad Anónima (PIPSA), que reguló la fabricación y distribución del insumo. Sin embargo, a pesar de que la compañía se convirtió en una gran abastecedora para el sector, también fue criticada por limitar la materia prima para la prensa independiente.
Pero si de casos de censura hablamos, el episodio más recordado en México es la llamada “Crisis de Excélsior”, ocurrida el 8 de julio de 1976, cuando Julio Scherer García y su equipo fueron expulsados del diario Excélsior en un acto que significó un atentado contra la libertad de expresión y que buscó silenciar las críticas a la administración del entonces presidente Luis Echeverría Álvarez (1970-1976).
El periódico publicó investigaciones incómodas y mantuvo una postura independiente, lo que generó la molestia del mandatario. El gobierno apoyó entonces a un grupo opositor dentro de la cooperativa, encabeza do por Regino Díaz Arredondo, que comenzó a dividir al colectivo con calumnias y maniobras políticas.
La madrugada del 8 de julio, en plena impresión de un desplegado titulado “¡Libertad de Expresión!”, Díaz Arredondo y un grupo de trabajadores tomaron las instalaciones del diario. Mediante una asamblea cuestionada por su legalidad, expulsaron a Scherer y a sus colaboradores más cercanos, entre ellos Miguel Ángel Granados Chapa y Hero Rodríguez Toro. Bajo amenazas, se les obligó a abandonar el inmueble en cuestión de minutos. A pesar del apoyo de la sociedad civil, los periodistas no pudieron regresar al Excélsior.
El Estado había logrado neutralizar un espacio crítico. Los medios oficiales bautizaron al hecho como “La crisis de Excélsior”, aunque en realidad fue un golpe orquestado desde el poder para callar voces incómodas.
Lejos de rendirse, Scherer y los expulsados fundaron en noviembre de 1976 el semanario Proceso, que se convirtió en un referente del periodismo inde pendiente en México. No obstante, pese a que la historia debería ser un precedente para evitar cometer errores, nuestro país es propenso a repetirlos.
LAS MAÑANERAS: LIBERTAD DE EXPRESIÓN DESIGUAL
Hasta el momento, nuestro contexto sociopolítico ha dejado algo claro: la opinión no la puede emitir cual quiera. Desde que el presidente Andrés Manuel López Obrador nacionalizó las conferencias de prensa matutinas —dicho ejercicio ya lo realizaba desde que era jefe de gobierno del extinto Distrito Federal—, estas se convirtieron en una plataforma que ha sido replicada tanto por gobiernos estatales como municipales.
Tanto AMLO como la actual presidenta se han servido de las famosas “mañaneras” para atacar a toda la oposición y a las administraciones pasadas. Por ejemplo, últimamente Sheinbaum ha lanzado comentarios en contra del expresidente Felipe Calderón, llamándolo en varias ocasiones “espurio”.
No es que en este texto se busque defender a la figura del expresidente ni de ningún otro político, sino que se cuestiona qué hay de justo en que el micrófono más importante de la nación sea usado para increpar a placer mientras que los ciudadanos pueden ser sancionados por expresarse desde la comodidad y la supuesta libertad de las redes sociales. Hemos llegado a un punto en que la censura ya no sólo se centra en los medios, sino que una simple publicación en una app podría ser tan sancionada como una columna de opinión formal. El problema aquí es quién solicita la sanción.
En 2024, México cayó al lugar 118, de 142, en el Índice de Estado de Derecho de la World Justice Project, quedando por debajo de países como Honduras, El Salvador, Nigeria, Madagascar o Angola. Aunque a veces la justicia sí llega a ser pronta y resolutiva si se es una figura de fuerza política, social o económica.
CIBERASEDIO COMO INSTRUMENTO POLÍTICO
Mientras hace unas semanas los senadores Alejandro “Alito” Moreno y Gerardo Fernández Noroña protagonizaban una vergonzosa serie de empujones y golpes en el Senado —hecho que no trascendió en castigo alguno para las partes—-, la ciudadana Karla Estrella Murrieta caía en cuenta de que había sido fichada en el Registro Nacional de Personas Sancionadas.
La tuitera, originaria de Sonora, fue sancionada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación tras afirmar, a través de redes sociales, que la diputada Diana Karina Barreras, esposa de Sergio Gutiérrez Luna, había obtenido su candidatura gracias a su marido en un acto de nepotismo.
“Así estaría el berrinche de Sergio Gutiérrez Luna para que incluyeran a su esposa, que tuvieron que desmadrar las fórmulas para darle una candidatura. Cero pruebas y cero dudas”, escribió Karla Estrella.
Más allá del mensaje, no deja de ser una publicación, una opinión más de las que tanto abundan en redes sociales, aunque no tan alejada de la realidad: cabe destacar que el nepotismo fue la razón principal —se supone— por la cual se realizó la tan discutida Reforma Judicial; pero mientras la estructura de dicho poder fue modificada en tiempo récord, las propuestas contra el nepotismo fueron aplazadas hasta 2030.
Tampoco hay nada de nuevo en suponer, o afirmar, que todo resultado electoral en nuestro país parte de una relación, de una amistad. Vaya, ahondar en los nombres que han gobernado la nación es construir un árbol genealógico donde destaca la estirpe de López Obrador, de Alcalde Luján, de los Monreal, los Sansores, los Moreira, los Murat, los Clouthier, los Yunes y la lista podría seguir un buen rato.
No obstante, el caso de Estrella demuestra que las opiniones, incluso dentro de la “libertad” de las plata formas digitales, pueden ser castigadas. El Tribunal determinó que ejerció “violencia de género” y la multó con un pago de 10 Unidades de Medida (equivalente a 1,085 pesos). Además, fue obligada a compartir “planas” durante 30 días a través de redes sociales y será fichada 18 meses en el Registro Nacional de Personas Sancionadas.
“Te pido una disculpa, DATO PROTEGIDO, por el mensaje que estuvo cargado de violencia simbólica, psicológica, por interpósita persona, digital, mediática y análoga, así como de discriminación, basado en estereotipos de género. Esto perjudicó tus derechos político-electorales porque minimizó tus capacidades y trayectoria política”, publicó luego de la sanción.
Regresando a la agresión en el Senado, ¿cuál fue el resultado? Sin raspones, se solicitó ante el pleno que “Alito” fuese desaforado para ser penalizado por el daño, pero no trascendió, y mientras las palabras entre los opositores seguían sonando a la distancia, Noroña solicitó a las autoridades federales tener una escolta para su protección.
Mientras las tensiones entre políticos crecen y se arañan entre pantomimas que no dejan a nadie bien parado, a la ciudadanía lo que realmente le preocupa es que en Puebla se haya aprobado la llamada “Ley Ciberasedio”. Si bien una normatividad como esta está pensada para ofrecer apoyo en temas como el ciberacoso, ha sido rechazada por su potencial riesgo para periodistas y medios de comunicación.
La misma Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) exhortó al Congreso y autoridades de Puebla a revisar la redacción del artículo 480 del Código Penal del Estado, donde se tipificó el de lito de ciberasedio, al señalar que la falta de claridad con la que se describió puede derivar en restricciones indebidas a la libertad de expresión, “particular mente cuando se trate de opiniones, críticas o manifestaciones en contextos de interés público”.
Este precepto penal impone hasta tres años de cárcel y multas de hasta 300 días del valor de la Unidad de Medida a quien, a través de cualquier espacio virtual, “insulte, injurie, ofenda, agravie o veje a otra persona con la insistencia necesaria para causarle un daño o menoscabo en su integridad física o emocional”. Su falta de claridad tiene el potencial de prestarse a un uso contrario a lo que se busca. No obstante, los casos apenas comienzan.
¿LEGÍTIMA DEFENSA O CENSURA?
En Campeche, la jueza de control Guadalupe Martínez Taboada vinculó a proceso al periodista Jorge Luis González Valdés, exdirector del periódico Tribuna, bajo la acusación de incitación al odio y a la violencia contra la gobernadora Layda Sansores. La resolución incluyó medidas sin precedentes: el cierre definitivo del medio digital y la prohibición de que González Valdés continúe ejerciendo su profesión, a la que se ha dedicado por más de 50 años. También se procesó al representante de la empresa editora Organización Editorial del Sureste, Isidro Yerbes.
La defensa argumentó que González Valdés se había jubilado desde 2017 y ya no ejercía funciones directivas en Tribuna. Sin embargo, la jueza lo responsabilizó de haber ordenado publicaciones consideradas ofensivas hacia la mandataria. Sansores alegó que el portal orquestó un ataque sistemático en su contra con expresiones misóginas y ofensivas, lo que calificó como “libertad de agresión” disfrazada de libertad de expresión.
Otro caso se relaciona con la conductora y actriz Laisha Wilkins, quien en junio de este año fue notificada de una denuncia en su contra presentada ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TE PJF), a raíz de una publicación en X donde compartía una nota de Aristegui Noticias bajo el título: “Dora la Censuradora: candidata a ministra de la SCJN pretendió censurar investigaciones de Televisa Leaks”. Aunque la identidad de la persona denunciante se reservó, el procedimiento avanzó.
Por su parte, el periodista Héctor de Mauleón, columnista de El Universal, fue sancionado por el Instituto Electoral de Tamaulipas (IETAM) tras realizar un artículo que vinculaba a Tania Contreras López, entonces candidata a magistrada del Supremo Tribunal de Justicia de Tamaulipas, con una red de huachicol en el estado. En su texto, Mauleón mencionó reportes del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) y señaló a Juan Carlos Madero Larios, cuñado de Contreras López, como figura clave en esa estructura delictiva. Cuatro días después, la candidata denunció a Mauleón y a El Universal por calumnias electorales y violencia política de género. Aunque inicialmente el IETAM rechazó las medidas cautelares solicitadas, el Tribunal Electoral de Tamaulipas le dio la razón y ordenó retirar la columna, prohibiendo nuevas referencias que vincularan a Contreras con actividades criminales.
Posteriormente, el Consejo General del IETAM resolvió que tanto el periodista como el medio incurrieron en violencia política contra las mujeres en razón de género, imponiéndoles multas, la obligación de escribir disculpas públicas y su inscripción por cuatro años en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres.
Mauleón denunció la decisión como un acto de censura que atenta contra el periodismo y señaló posibles conflictos de interés dentro del Tribunal, dada la cercanía de algunos integrantes con la familia de Contreras López. Además, advirtió que estar en el registro limita la posibilidad de seguir publicando investigaciones sobre corrupción, al aumentar el riesgo de sanciones futuras. Aun así, aseguró que seguirá litigando y defendiendo su derecho a informar.
Un caso más fue el de la demanda de Televisa contra la periodista Anabel Hernández por su libro Las señoras del narco: Amar en el infierno. La sentencia, emitida el 11 de julio, obliga a la editorial Penguin Random House a rectificar pasajes donde se señala que el narcotraficante mexicano Arturo Beltrán Leyva supuestamente usaba catálogos de la televisora para contratar actrices con fines de prostitución. Relacionado a la editorial antes mencionada, el periodista Hernán Gómez también acusó una persecución judicial por parte del exconsejero jurídico Julio Scherer Ibarra, quien presentó demandas en su contra por presunto daño moral derivado del libro Traición en Palacio: El negocio de la justicia en la 4T.
VULNERABILIDAD ANTE EL ESTADO DE DERECHO
Según Article 19, los procesos civiles, penales o administrativos contra la prensa en nuestro país equivalieron en 2024 a que un periodista era demandado o denunciando cada tres semanas por sus publicaciones o investigaciones; no obstante, el actual panorama podría alentar a que las cifras se maximicen, y no sólo eso, sino que las acciones en contra de civiles generan un sentimiento de inquietud.
Y es que en nuestro país ha sido a través del arte y la expresión creativa que se ha hecho catarsis de toda la tensión política que ha habido siempre, desde los escritos de los hermanos Flores Magón hasta las letras encarceladas de José Revueltas, desde las carpas de principios de siglo XX donde se satirizaba a presidentes, gobernadores y caciques hasta la tetralogía de Estrada o los moneros —desde José Guadalupe Posada hasta Rafael Barajas “El Fisgón”, o Eduardo del Río “Rius”, padre de El Chamuco y los hijos del averno—, desde los murales de José Clemente Orozco o David Alfaro Siqueiros hasta un meme de la presidenta que alienta miles de reacciones y comentarios en redes sociales.
Cualquier tipo de crítica a una figura de poder ja más debería estar en tela de juicio; el poder debería de cerciorarse de brindar seguridad a sus ciudadanos en vez de buscar protegerse a sí mismo. Mientras eso no exista, el periodismo seguirá señalando las fallas de los gobiernos y exigiendo justicia, porque ya lo dijo José Carlos Nava: “La activación del miedo para afrontar la hostilidad y hacer el mejor periodismo posible, en el peor de los mundos posibles, es una acción fundamental de supervivencia para cualquier informador de infantería que sea parte de la tropa del silencio”.