(ARCHIVO)
Este jueves, la ministra Yasmín Esquivel presentó su proyecto de contradicción de criterios 217/2021 bajo el cual pretendía afectar el interés legítimo planteado por organizaciones y asociaciones.
Esquivel manifestó que las Salas de la anterior Corte consideraron que existían casos excepciones donde por la importancia y trascendencia del tema resultara procedente que el Alto Tribunal conociera del asunto.
La materia del asunto establecía que si para acreditar el interés legítimo en el juicio de amparo de una persona moral bastaba con presentar el acta constitutiva en la que conste su objeto social, cuando este comprenda la defensa y protección del derecho requerido.
El caso en mención surgió a partir de un pleito de Greenpeace México que reclamó omisiones de establecer programas de contingencia ambiental atmosférica en municipios del Estado e México y las entidades de Morelos, Hidalgo, Puebla, Querétaro y Tlaxcala.
Esquivel cuestionaba el interés legítimo de las organizaciones, ya que su planteamiento era que los juzgadores debían identificar si la parte quejosa habita o utiliza un área de influencia para contar con este.
La ministra Sara Irene Herrerías Guerra consideró que existía una contradicción de criterios, al igual que Esquivel, como autora; por su parte, el resto de los ministros se pronunciaron por la no existencia de contradicción de criterios.