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SAT: Esta es la nueva fecha límite para activar el Buzón Tributario y evitar multa de 11 mil pesos

Según lo informado por la autoridad, habrá una nueva fecha límite para activar el Buzón Tributario

El SAT impuso una nueva fecha para activar su Buzón Tributario.

El SAT impuso una nueva fecha para activar su Buzón Tributario.

EL SIGLO

Con la llegada del nuevo ciclo fiscal, los contribuyentes en México se enfrentan a una interrogante recurrente sobre el uso de las herramientas digitales. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha sido enfático en la importancia de mantener actualizado el Buzón Tributario, un canal de comunicación oficial que permite el intercambio de documentación y notificaciones de manera segura.

¿Cuál es la nueva fecha límite para activar el Buzón Tributario del SAT?

Ante el inicio de 2026, la duda principal radica en si se aplicarán multas de forma inmediata o si existirá un nuevo periodo de gracia. En este marco, es importante mencionar que la fecha inicial límite era el 1 de enero del 2026, pero el SAT la aplazó y ahora podrás activar el Buzón Tributario hasta el 1 de enero de 2027.

En este sentido, la autoridad fiscal ha señalado que la activación y actualización de los medios de contacto (correo electrónico y número celular) es una obligación vigente. El Buzón Tributario no es opcional, es la vía legal mediante la cual el SAT notifica actos administrativos y requiere información, por lo que su inactividad impide que el contribuyente esté al tanto de su situación fiscal.

De acuerdo con las disposiciones del Código Fiscal de la Federación, no habilitar el buzón, no registrar los medios de contacto o mantener datos incorrectos se considera una infracción. Las sanciones para el 2027 podrían oscilar entre los $3,800 y los $11,500 pesos mexicanos aproximadamente, dependiendo de la gravedad de la omisión y la persistencia del contribuyente en no regularizar su situación.

Es fundamental entender que la multa no es el único riesgo. Al no tener el buzón activo, el SAT puede realizar notificaciones por "estrados", lo que significa que los avisos se publican en su portal web y se dan por legalmente recibidos, aunque el ciudadano no los haya leído, lo que podría derivar en embargos o créditos fiscales de los que el contribuyente no tendría defensa oportuna.

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