
¿Tus recursos se van al Fondo de Pensiones para el Bienestar? Recupéralos en tu Cuenta Afore
¿Sabías que podrías tener una cuenta de Afore inactiva? Así puedes mantener el control de tu dinero y tomar acciones si tus recursos han sido transferidos al Fondo de Pensiones para el Bienestar.
El Fondo de Pensiones para el Bienestar (FPB) es un fideicomiso creado para complementar la pensión de los trabajadores cotizantes al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).
Este fondo se financia en una parte, con los recursos no reclamados de trabajadores de 70 años o más (IMSS) o 75 años o más (ISSSTE), que tienen Cuentas Individuales inactivas, es decir, que no han recibido cuotas patronales en los últimos seis bimestres previos al traspaso a este fideicomiso. Desde junio de 2024, por disposición oficial, las Afores han estado transfiriendo estos recursos al Fondo de Pensiones del Bienestar.
Los recursos en los que aplica la transferencia son los de las aportaciones obligatorias de la subcuenta de Retiro, Cesantía y Vejez (RCV), que administra la Afore; así como la de Vivienda, que administra el Infonavit. No obstante, incluso si estos recursos fueran transferidos, los de la subcuenta de Ahorro Voluntario, que también gestiona la Afore, permanecen en la Cuenta Individual del trabajador y puede disponer de ellos en el momento que lo requiera, explicó Gerardo Chavarría, gerente de Iniciativas de Negocio de Afore Sura.
¿Cómo recupero los recursos de mi Cuenta Individual de Afore?
Para saber si los recursos de tu Cuenta Individual han sido transferidos al Fondo de Pensiones del Bienestar, visita el portal de Afore Web e ingresa tu CURP o Número de Seguridad Social. Recuerda que estos recursos son tuyos y, aunque hayan sido transferidos al Fondo de Pensiones del Bienestar, siempre podrás solicitarlos de vuelta. Sin embargo, una vez hecho el traspaso, deberás acercarte directamente al IMSS, ISSSTE o Infonavit para recuperarlos.
Por otro lado, debes saber que, en junio de 2025, las Afores volverán a traspasar al Fondo de Pensiones para el Bienestar los recursos no reclamados de Cuentas Individuales inactivas de trabajadores de 70 años o más (IMSS) o 75 años o más (ISSSTE). Por eso, si estás en edad de pensionarte y, sobre todo, si cumples con estas características, tienes las siguientes alternativas:
Caso 1. Si tienes 70 años o más (IMSS) o 75 años o más (ISSSTE) y ya cuentas con una resolución o concesión de pensión o negativa de pensión. En esta situación, tanto si eres titular de la Cuenta Individual como beneficiario, debes agendar una cita en tu Afore con el fin de conocer los requisitos para iniciar tu trámite de retiro o disposición total de recursos.
Caso 2. Si tienes 70 años o más (IMSS) o 75 años o más (ISSSTE) y no cuentas con una resolución o concesión de pensión o negativa de pensión. En tal supuesto, debes acudir al Instituto de Seguridad Social que te corresponda, sea IMSS o ISSSTE, para iniciar tu trámite de pensión. Una vez que recibas una resolución de pensión o negativa de pensión, acércate con tu Afore para continuar tu proceso.