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Vigila Secretaría de Salud consultorios

Advirtió que el incumplimiento puede derivar en sanciones administrativas o clausura temporal

Vigila Secretaría de Salud consultorios

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SERGIO A. RODRÍGUEZ

El doctor Faustino Aguilar Arocha, titular de la Jurisdicción Sanitaria, advirtió que consultorios médicos, ambulatorios u odontológicos deben cumplir requisitos sanitarios, académicos y administrativos antes de operar legalmente.

Está declaración se da luego de la investigación iniciada por la FGE por la muerte de una niña de 4 años, por complicaciones en la aplicación de anestésica en un consultorio dental en Saltillo.

Aguilar Arocha detalló que los consultorios deben presentar solicitud de funcionamiento y documentación del personal: médicos, dentistas, enfermeras y auxiliares con títulos y cédulas profesionales.

También contar con medidas sanitarias elementales: limpieza, desinfección, seguridad, equipo de emergencia (como carrito rojo), lavabos operativos, y contenedores adecuados para jeringas e instrumental.

Es obligatorio contar con consentimientos informados y registros clínicos actualizados que documenten tratamientos y otorguen conformidad por escrito de los pacientes.

La jurisdicción supervisa periódicamente todos los consultorios privados, médicos u odontológicos, para verificar que cumplan con infraestructura, higiene, protocolos de emergencia, y registros clínicos detallados.

Advirtió que el incumplimiento puede derivar en sanciones administrativas o clausura temporal, por lo que exhortó a presentarse antes a la autoridad sanitaria para evitar contratiempos.

Antecedentes normativos y regulatorios clave

A nivel federal, COFEPRIS exige el aviso de funcionamiento, registro del responsable sanitario, y que el local cuente con uso de suelo apropiado, ventilación, iluminación, limpieza e infraestructura mínima, como lavabos y botiquín de primeros auxilios.

Además, la NOM-005-SSA3-2018 especifica el mobiliario, instrumental y condiciones mínimas para consultorios médicos ambulatorios, incluyendo equipo de emergencia y espacios diferenciados para exploración e entrevista.

En materia odontológica, el Reglamento de la Ley General de Salud obliga al aviso de funcionamiento y nombramiento del responsable sanitario, junto con documentación como identificación, domicilio, RFC, CURP y registros digitales para facturación.

También se requiere que el personal cuente con título y cédula profesional, conforme a lo dispuesto por la Ley General de Salud en México.

Impacto local y recomendaciones finales

Estos requisitos federales se complementan con disposiciones estatales y municipales. Aunque el Reglamento Estatal de Salud de Coahuila no detalla específicamente protocolos de apertura de consultorios, sí atribuye a la Secretaría de Salud y sus jurisdicciones sanitarias la regulación y vigilancia sanitaria de establecimientos diversos.

Por lo tanto, los consultorios en Candela y la Región Centro deben atender tanto los lineamientos federales como cualquier normativa local aplicable, lo que refuerza la importancia de acercarse primero a la Jurisdicción Sanitaria para recibir orientación.

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