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Prohibición de plaguicidas, un muy tímido avance

JULIO CÉSAR RAMÍREZ

El decreto de la presidenta Claudia Sheinbaum de prohibición de plaguicidas coordinado por la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER), es un muy tímido avance frente a los plaguicidas altamente peligrosos, que no afecta a la industria de sustancias químicas o mezclas diseñadas para matar, repeler o reducir organismos considerados como plagas con el fin de proteger cultivos, señaló la Red de Acción sobre Plaguicidas y Alternativas en México (RAPAM) el 4 de septiembre.

El decreto no incluye la prohibición de los plaguicidas más usados en México, como clorpirifos etilo, glifosato o fipronil, como resultado de las estrategias de negociación con las empresas de la industria de plaguicidas, y no afecta sus intereses comerciales, indicó la RAPAM a través de un comunicado firmado por su director, Fernando Bejarano González.

Los 35 plaguicidas prohibidos son moléculas viejas, y aún están autorizados en México 200 plaguicidas altamente peligrosos prohibidos en otros países.

Algunos plaguicidas incluidos en el decreto ya se habían cancelado por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) desde 2016, como el DDT y endosulfán, y 13 plaguicidas incluidos no se podían importar desde el sexenio de Andrés Manuel López Obrador, si bien el decreto actual de Claudia Sheinbaum consolida y amplía esta decisión e incorpora la prohibición, formulación, comercialización o uso.

En la elaboración de la Estrategia Nacional para la Reducción y Uso Adecuado de Plaguicidas es fundamental -subrayó la RAPAM- que se establezcan mecanismos de participación efectiva de organizaciones campesinas con experiencia en agroecología, agricultura orgánica, expertos en agroecología, de la academia y grupos no gubernamentales sin conflicto de interés con la industria de plaguicidas.

El decreto presidencial prohíbe plaguicidas, pero falta establecer -dijo- una campaña informativa nacional hacia los productores rurales que advierta de los riesgos a la salud y ambiente de su uso ilegal e involucre a todas las autoridades competentes, incluida la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa).

El decreto presidencial anunciado en la Mañanera del Pueblo el 3 de septiembre "es más bien una medida simbólica, resultado de las negociaciones que coordinó SADER con los grupos empresariales de la industria de plaguicidas de síntesis química para que no afecte sus intereses económicos y no sea cuestionado mediante amparos por ella ó el sector agroempresarial, como sucedió en el sexenio de López Obrador con el caso del decreto presidencial sobre las restricciones a la importación de glifosato para terminar con su uso".

Si bien es cierto que un decreto presidencial que prohíbe la importación, fabricación, formulación, comercialización y uso de plaguicidas no se realizaba desde 1991, como lo afirmó Julio Berdegué, titular de SADER, durante la conferencia Mañanera del Pueblo, la verdad es que un análisis detallado de la lista de moléculas prohibidas que se dieron a conocer a los medios de comunicación demuestra lo limitado de la medida presidencial.

Son 35 plaguicidas prohibidos pero permanecen 200 ingredientes activos de plaguicidas altamente peligrosos autorizados con registros vigentes, exponiendo a la población a efectos graves a la salud y ambiente, como la RAPAM dio a conocer en su informe sobre los plaguicidas altamente peligrosos autorizados en México y prohibidos en otros países, de 2025.

De los plaguicidas prohibidos en el actual decreto, el dinoseb se había prohibido desde 1991 -plasmado en el Diario Oficial de la Federación del 3 de enero de 1991-, Cofepris había cancelado 7 de ellos en todas sus autorizaciones desde 2016 -como el DDT, endosulfán, lindano-, y 13 de ellos no se podían importar desde inicios de 2020 por decreto presidencial emitido en el sexenio de Andrés Manuel López Obrador, si bien el decreto de Claudia Sheinbaum confirma la decisión y amplía la prohibición a la formulación, comercialización y uso en el territorio nacional.

El decreto de la presidenta Sheinbaum no incluye a ninguno de los plaguicidas altamente peligrosos de mayor venta en México, por ejemplo: el insecticida clorpirifos etilo, del que la Conferencia de las Partes del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes acordó en mayo de 2025 eliminar su uso a nivel mundial.

El clorpirifos etilo es un neurotóxico infantil que afecta el desarrollo neurológico, es un alterador hormonal a muy pequeñas dosis, y no hay una dosis segura de exposición, además de ser muy persistente, bioacumulable y transportarse a grandes distancias.

El decreto de prohibición presidencial actual incluye al clorpirifos metilo, que es otra molécula que se retiró del mercado desde hace muchos años.

Es urgente -dice la RAPAM- que se prohíba el uso de clorpirifos-etil en la lista de plaguicidas autorizados para nebulizaciones en el control de vectores por parte del Centro Nacional de Prevención y Control de Enfermedades (Cenaprece) y se cumpla con el compromiso internacional de prohibición en todos los usos sin exención.

Otro ejemplo: el decreto presidencial tampoco incluye al insecticida fipronil y los neonicotinoides prohibidos en la Unión Europea -imidacloprid y tiametoxam- que causan una alta mortandad en las abejas, como han demostrado estudios de la academia y múltiples denuncias campesinas y de apicultores.

Tampoco incluye al herbicida glifosato, probable carcinógeno del que se ha confirmado su presencia en la orina de la población infantil en diversas comunidades rurales, ni incluye al herbicida paraquat, relacionado con la enfermedad de Parkinson y prohibido en 72 países.

Vienen más prohibiciones. El deber del Estado es prevenir riesgos inaceptables a la salud y ambiente dada la peligrosidad de muchos plaguicidas y no permitir se siga exponiendo a la población a efectos graves e irreversibles que violan sus derechos humanos fundamentales.

@kardenche

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