En la columna anterior mencionamos el largo camino de dos décadas que recorrimos varios ciudadanos laguneros de observar y estudiar el problema del agua en esta región, involucrándonos en la búsqueda de explicaciones y propuestas de solución dentro del Estado de Derecho, a través de dos vías: por un lado, identificando la sobreexplotación y contaminación del agua del subsuelo como problema hídrico central, explicando las causas que lo provocaron con base a argumentos sólidos basados en la información oficial y académica disponible, hasta construir una narrativa pública irrefutable.
Por el otro lado, participando en las frágiles estructuras de gobernanza socioambiental en las que expresamos nuestra visión del problema, pero con pobres resultados al no incidir realmente en la toma de decisiones sobre la gestión hídrica que realizaban las instituciones gubernamentales, quienes omitieron intervenir para corregir el desorden que se había creado, particularmente en la expedición y transmisión de concesiones de agua, que condujeron a su acaparamiento por elites empresariales que continuaron extrayendo este bien del subsuelo sin control.
Todo esto cambió con la Sentencia 543 que emite en 2023 la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en respuesta a un amparo que en 2019 promovimos tres colectivos ciudadanos.
La Corte nos dio la razón, señalándole a la CONAGUA y la SEMARNAT que habían omitido cumplir con su mandato legal y por tanto eran responsables de que el Acuífero Principal se encontrara sobreexplotado y contaminado. La creatividad y compromiso de dos jóvenes abogados, ciudadanos comunes preocupados por este problema, fue la llave que abrió las puertas para que se aplique la ley.
Sin embargo, la experiencia que estamos teniendo en el proceso de ejecución de la Sentencia 543 nos hace ver el sinuoso camino que implica en México cumplir con la ley, que el Estado de Derecho funciona como tal, más bien parece que se abre una caja de pandora que esta exhibiendo los verdaderos intereses que se crearon en tres décadas de permisividad y complicidad gubernamental con quienes se han aprovechado del desorden en que se convirtió gestionar el agua.
De entrada, la respuesta gubernamental ante esta sentencia fue evadir su ejecución durante año y medio (marzo 2023-octubre 2024), respondiendo una vez que el Juez de Distrito que lleva el caso sancionó con multas económicas a los titulares de esas oficinas, apercibiéndolos de sanciones mayores si continuaban siendo negligentes, quienes delegaron en el Organismo de Cuenca Cuencas Centrales del Norte la representación en la ejecución de la Sentencia 543.
De octubre de 2024 a la fecha se han establecido algunos acuerdos entre el gobierno federal y los colectivos ciudadanos (en el lenguaje jurídico nos llaman “quejosos”) que han derivado en acciones concretas, como la realización de 1480 inspecciones de campo en igual número de pozos (en promedio se realizaban 40 anuales) que condujeron a clausurar o sancionar a 250 concesionarios que extraían agua de manera irregular; se firma un primer convenio con la UNAM para que funja como asesor técnico calificado en el proceso de ejecución de la sentencia, mismo que se prorrogara por un quinquenio; se obtuvo la aprobación de la Secretaría de Hacienda para destinar fondos públicos que se aplicarán para iniciar la medición telemétrica y piezométrica en 200 pozos; se ordenó a la CONAGUA no renovar las prórrogas de concesiones en virtud de que al hacerlo se validaba la extracción de los mismos volúmenes que provocaron el déficit en el Acuífero Principal.
Si bien estos logros son importantes, son acciones insuficientes frente al grave problema que se enfrenta y, peor que eso, quienes se dicen afectados por estas medidas que pretenden regular el desorden existente, están respondiendo para dificultar la ejecución de la Sentencia 543 e, incluso, revocarla. Peor que eso, instancias como el área jurídica de la CONAGUA a nivel central y la Consejería de la Presidencia de la República están colaborando en estas acciones.
Ya son múltiples las acciones jurídicas que han realizado los concesionarios que se dicen afectados por la Sentencia 543, pero destaca una: promovieron ante un Tribunal Colegiado de Circuito su revocación, algo inédito en el ámbito judicial, que una instancia menor del poder judicial revoque una sentencia de la Corte, o impropio que en este proceso intervengan a favor los citados funcionarios de las instancias del gobierno federal señaladas. Afortunadamente dos de las magistradas se apegaron a los principios del derecho y no cedieron a las presiones de los concesionarios y de los funcionarios del gobierno federal.
Pero esto no para ahí. El área jurídica de la CONAGUA solicita a la Consejería Jurídica de la Presidencia intervenga ante la Corte para que esta redefina y delimite los alcances de la Sentencia 543, es decir, que acote las facultades del Juez de Distrito en su ejecución. Es posible que los funcionarios del gobierno federal que están interviniendo en contra de la ejecución de esta sentencia no cuenten con el aval de la Presidenta de la República, puesto que sus acciones contradicen el discurso que ella ha expuesto desde el inicio de su mandato, de poner orden en la gestión del agua en México.
Esperemos a ver que desenlace tiene este vericueto en que se ha convertido un bien intencionado propósito de que en nuestro país prevalezca el Estado de Derecho, que la vía jurídica sea un camino viable para el cumplimiento de los derechos humanos.