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Ante nuevas inversiones, presentan iniciativa de Consulta Ciudadana Ambiental en Durango

Iniciativa en Durango propone consulta ciudadana ambiental previa para nuevas empresas con impactos relevantes, dentro de la ley estatal

Ante nuevas inversiones, presentan iniciativa de Consulta Ciudadana Ambiental en Durango

Ante nuevas inversiones, presentan iniciativa de Consulta Ciudadana Ambiental en Durango

ANGÉLICA SANDOVAL

La coalición parlamentaria “Cuarta Transformación” en el Congreso de Durango presentó una iniciativa para adicionar diversas disposiciones de la Ley de Gestión Ambiental Sustentable para el Estado en materia de consulta ciudadana, con el objetivo de que nuevas inversiones queden sujetas al principio del desarrollo sustentable.

Proponen consulta previa para proyectos con impacto ambiental

Señalaron que Durango posee extensas áreas naturales, importantes acuíferos, zonas áridas con alto valor ecológico, ecosistemas de montaña, biodiversidad única y una enorme riqueza biológica, por lo que consideraron importante garantizar que las nuevas inversiones mineras, energéticas, manufactureras y de infraestructura, que representan oportunidades de empleo y crecimiento económico, estén sujetas al principio del desarrollo sustentable.

Esto, aunado a que se garantice que dichas inversiones no comprometerán los recursos naturales ni la calidad de vida de las comunidades.

En ese sentido, agregaron que la iniciativa representa un paso importante para consolidar un modelo de gobernanza ambiental basado en la transparencia, la participación ciudadana y la corresponsabilidad entre gobierno, sociedad e iniciativa privada.

¿Qué dice la iniciativa?

En consecuencia, consideran procedente reformar dicha ley para incorporar un procedimiento específico de Consulta Ciudadana Ambiental aplicable a proyectos cuya naturaleza pueda generar impactos ambientales relevantes.

Propusieron adicionar la fracción LXXI al artículo 2, así mismo el párrafo segundo al artículo 17 Bis a dicha ley, que quedaría de la siguiente manera:

LXXI.-Consulta Ciudadana. – es el mecanismo de participación mediante el cual la población, comunidades, pueblos originarios, organizaciones sociales, sectores productivos y demás personas interesadas puedan expresar sus opiniones, propuestas y observaciones respecto a proyectos, programas, políticas públicas, obras o decisiones que puedan generar impactos en el medio ambiente y en los recursos naturales de nuestro territorio.

Artículo 17.-… Cuando la obra o actividad corresponda al establecimiento de nuevas empresas cuya Manifestación de Impacto Ambiental determine impactos ambientales significativos, la autorización únicamente podrá emitirse una vez agotado el procedimiento de consulta ciudadana previsto en el artículo 17 Bis de esta Ley.

Artículo 17 bis. - Tratándose de proyectos de inversión pública o privada que impliquen la instalación de nuevas empresas con impactos ambientales relevantes, la Secretaría deberá convocar a un procedimiento de consulta ciudadana previo a la emisión de la autorización ambiental. La consulta tendrá por objeto conocer las observaciones, opiniones y recomendaciones de la sociedad respecto de la viabilidad ambiental del proyecto.

Quiénes participarían y cómo se integraría el proceso

En dicha consulta deberán participar preferentemente: I. Asociaciones civiles dedicadas a la protección del medio ambiente; II. Instituciones de educación superior y centros de investigación; III. Colegios de profesionistas relacionados con las ciencias ambientales; IV. Habitantes de la zona de influencia del proyecto; V. Ejidos, comunidades y pueblos indígenas cuando pudieran resultar afectados.

En la iniciativa, detallaron que la convocatoria será pública y las opiniones emitidas durante la consulta serán integradas al expediente técnico y deberán ser analizadas por la autoridad competente antes de emitir la resolución correspondiente.

Además, cuando del procedimiento de consulta se desprendan riesgos graves para el equilibrio ecológico, la biodiversidad, los recursos naturales o la salud de la población, la Secretaría deberá motivar y fundamentar expresamente la resolución que emita. La cual deberá ser analizada y emitir su opinión correspondiente por la dependencia del Gobierno Federal encargada del cuidado y protección del medio ambiente y recursos naturales.

Según aclararon, no se pretende sustituir los procedimientos técnicos de evaluación de impacto ambiental ni convertir la consulta en un mecanismo de veto, sino fortalecer la toma de decisiones mediante la incorporación del conocimiento social y científico existente en cada región.

La iniciativa está disponible para su consulta en la Gaceta No. 222 de la LXX Legislatura 2024-2027 del H. Congreso del Estado de Durango, con fecha del 8 de septiembre de 2026.

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