Clausuras por predial son medidas legales: Tesorería Municipal
El tesorero municipal, Javier Lechuga aseguró que las acciones contra deudores de impuesto predial son las que regularmente se llevan a cabo, y que las clausuras de establecimientos comerciales recientes obedecen a que los propietarios de los inmuebles incumplieron con procedimientos administrativos ya iniciados.
En días pasados se hizo del conocimiento público una medida de colocación de sellos de clausura principalmente en negocios, lo que según la Dirección de Ingresos, corresponde a casos en los que se tienen rezagos considerables en el pago de esta contribución y no atendieron los avisos de notificación.

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La propuesta busca abatir el rezago histórico en el padrón municipal; el dictamen ya se encuentra bajo análisis de la Comisión de HaciendaAl respecto, el regidor Sergio Lara Galván, integrante de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública dijo que este tipo de acciones están consideradas por la ley, por lo que el Municipio solamente está ejerciendo su facultad de cobro hacia quienes han acumulado rezago.
No obstante, consideró que antes de proceder con embargos y clausuras, sería favorable hacer que los contribuyentes se acerquen y ofrecer algunas condiciones que les permitan regularizar su situación, en el entendido de que quienes no efectúan el pago es por falta de recursos o porque no tienen el acceso a hacerlo de forma directa, en un solo pago.

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Los propietarios de inmuebles pueden enfrentar graves consecuencias si no cubren su impuesto predial“Soy de la idea de que lo mejor es acercar a las personas para que puedan cumplir con el pago de sus obligaciones, en la creencia de que no lo hacen porque no tienen la posibilidad”, señaló el edil, al destacar que cada administración municipal tiene sus propios mecanismos, y la actual se ha caracterizado por recurrir a las clausuras para hacer que los ciudadanos respondan.
La Comisión de Hacienda no ha aprobado todavía la propuesta de la Tesorería Municipal para extender los descuentos de hasta el 70 por ciento en multas y recargos a todos los contribuyentes de impuesto predial, medida de la que desde abril pasado gozan los propietarios de inmuebles que están en sectores vulnerables.

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Cuando no se realiza el pago de las contribuciones en el plazo legal establecido, la autoridad fiscal tiene las facultades para realizar requerimientos de pagoLara Galván destacó que se está a la espera de la iniciativa y destacó que este tipo de programas regularmente se aplican en el segundo semestre del año, con la idea de generar una mayor respuesta de los contribuyentes y disminuir el rezago en la captación de ingresos.