Complementan nueva orden de aprehensión contra bibliotecario del ayuntamiento de Gómez Palacio
La Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción del Estado de Durango informó sobre el cumplimiento de una nueva orden de aprehensión contra Gerardo “N”, servidor público del Ayuntamiento de Gómez Palacio, por su probable responsabilidad en el delito de Exacción Fraudulenta, derivado de hechos distintos a los que motivaron su anterior detención.
Señalan presunto ofrecimiento de una plaza sindicalizada
De acuerdo con la FECCED, Gerardo “N”, quien se desempeñaba como bibliotecario adscrito al Instituto Municipal de Cultura, habría ofrecido a un ciudadano, actuando a título de gestoría y valiéndose de su calidad de servidor público, conseguirle una plaza sindicalizada en el Departamento de Servicios Públicos del Ayuntamiento de Gómez Palacio, específicamente en el área de Eléctricos.
Presuntamente aseguró que podía garantizar su ingreso a dicha área a cambio de 120 mil pesos.
Bajo esta promesa, la víctima habría entregado al imputado 75 mil pesos, con la expectativa de obtener el empleo ofrecido; sin embargo, la plaza no fue otorgada, generándose un detrimento patrimonial para el afectado.
Nueva denuncia y orden judicial
Por lo anterior, la Contraloría Municipal de Gómez Palacio presentó una nueva denuncia ante la FECCED.
El Ministerio Público llevó a cabo las investigaciones correspondientes, integró una nueva carpeta de investigación y obtuvo de la autoridad judicial una nueva orden de aprehensión.
El mandamiento judicial fue cumplimentado por elementos de la Policía Investigadora de Delitos de Corrupción (PIDC) directamente en el Centro de Reinserción Social del Estado de Durango, donde Gerardo “N” ya se encontraba interno con motivo de otro proceso.
Dicho mandamiento judicial corresponde a hechos distintos y derivados de una nueva denuncia, por lo que será la autoridad judicial competente la que determine su situación jurídica respecto de este segundo caso.
Delito señalado
El delito de Exacción Fraudulenta se encuentra previsto en el artículo 213 y sancionado en el artículo 212, fracción III, del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Durango.