Conagua deberá impulsar norma obligatoria para medir extracción de agua subterránea en México
Un Juez de Distrito ordenó a la Comisión Nacional del Agua (Conagua) gestionar la creación de una Norma Oficial Mexicana (NOM) que obligue a todos los concesionarios de aguas subterráneas a instalar medidores telemétricos.
La resolución se da en cumplimiento de la sentencia dictada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre el acuífero Principal de La Laguna que reconoció la sobreexplotación del Acuífero Principal de La Laguna y la omisión de las autoridades en garantizar su preservación.
Organizaciones civiles promovieron la solicitud ante el juzgado, argumentando que durante décadas la extracción de agua se ha realizado sin control ni medición efectiva, lo que ha generado incertidumbre sobre los volúmenes reales extraídos.
Los medidores telemétricos, señalaron, representan una solución técnica idónea, pues permiten conocer en tiempo real la cantidad de agua utilizada, tanto para la autoridad como para el propio usuario.
Luis Pedroza, abogado de las organizaciones, explicó que Conagua se opuso inicialmente, alegando que la instalación de medidores no formaba parte de las obligaciones establecidas en la sentencia original de la Corte. Sin embargo, el Juez desestimó esos argumentos y consideró que la medida es conveniente y necesaria para garantizar el uso sustentable del recurso hídrico.
El acuerdo judicial vincula directamente al Organismo de Cuenca Cuencas Centrales del Norte y al director general de Conagua para que, en un plazo de 30 días hábiles, informen sobre las gestiones realizadas para convertir la Norma Mexicana NMX-AA-179- SCFI-2018 en Norma Oficial Mexicana, o bien, para promover la expedición de una nueva NOM que regule los sistemas de medición de aguas nacionales.
La norma mexicana vigente establece especificaciones técnicas para la instalación y operación de medidores, así como la metodología para transmitir datos a Conagua. Sin embargo, al no tener carácter obligatorio, su aplicación ha sido limitada. La conversión a NOM implicaría que todos los concesionarios de aguas subterráneas en el país -653 acuíferos en totaltendrían que instalar sistemas telemétricos.
El juzgado subrayó que la correcta medición de volúmenes contribuye a obtener información en tiempo real para usuarios y autoridades, promover acciones de eficiencia en el uso del agua, evitar la sub-declaración y el acaparamiento de volúmenes, y reducir costos en el pago de derechos al eliminar gastos de medición por parte de los usuarios.
La orden judicial representa el primer logro concreto de naturaleza normativa derivado de la sentencia de la Suprema Corte y tendrá repercusiones en todo el país. En La Laguna, donde el acuífero principal ha sido explotado de manera intensiva, la medida busca frenar décadas de extracción descontrolada y garantizar un manejo sustentable.
El juez advirtió que, de no cumplir con la gestión en el plazo establecido, Conagua podría enfrentar sanciones económicas equivalentes a 230 unidades de medida y actualización.
La resolución del Juez de Distrito no solo vincula directamente a Conagua en el cumplimiento de la sentencia de la Suprema Corte, sino que establece un precedente normativo con impacto nacional. La obligatoriedad de los medidores telemétricos abre la puerta a un control más transparente y eficiente de los acuíferos, en un contexto donde la sobreexplotación ha sido constante.