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Congreso de Coahuila propone exentar ISR en bienes transferidos tras divorcio

la Ley del Impuesto sobre la Renta exenta del pago en donativos entre cónyuges, pero no aplica cuando se trata de la transmisión de bienes entre ex parejas.

Congreso de Coahuila propone exentar ISR en bienes transferidos tras divorcio

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ISABEL AMPUDIA

A través de un Punto de Acuerdo, la presidenta de la Junta de Gobierno del Congreso del Estado, Luz Elena Morales Núñez, exhortó al Congreso de la Unión a reformar la Ley del Impuesto sobre la Renta en materia de transmisión de bienes.

La iniciativa busca que se consideren como ingresos exentos aquellos derivados de la transferencia de propiedad entre ex parejas o ex concubinos, cuando se realicen en cumplimiento de sentencias de divorcio o convenios judiciales, con el objetivo de proteger el patrimonio familiar bajo una perspectiva de género.

Por lo anterior, la también legisladora, expuso en tribuna que la propuesta parte del principio de equidad tributaria, el cual establece que las personas en condiciones similares deben recibir el mismo trato fiscal, mientras que aquellas en situaciones distintas deben ser tratadas de manera diferenciada.

Explicó que actualmente la Ley del Impuesto sobre la Renta contempla la exención del pago de este gravamen en donativos entre cónyuges, sin embargo, dicha disposición no aplica cuando se trata de la transmisión de bienes entre ex parejas, incluso cuando esta se realiza en cumplimiento de convenios judiciales tras un divorcio.

Subrayó que esta situación genera una profunda injusticia social, ya que en muchos casos durante el matrimonio o concubinato, los bienes suelen registrarse a nombre de uno solo de los integrantes, frecuentemente el hombre, mientras que las mujeres, debido a labores de cuidado y trabajo doméstico no remunerado, no figuran como propietarias legales, pese a haber contribuido a la conformación del patrimonio.

Detalló que una vez disuelto el vínculo, la transferencia de estos bienes para dar cumplimiento a lo establecido por un juez es considerada por la autoridad fiscal como un acto gravable, lo que obliga en muchos casos a las mujeres a pagar impuestos por una propiedad que en esencia, ya formaba parte de su patrimonio familiar.

Precisó que este tipo de transmisiones no representan un incremento patrimonial ni un acto de especulación comercial, sino la formalización de un derecho previamente adquirido durante la vida en común, por lo que calificó como injusto que se imponga una carga fiscal en estos casos.

Asimismo, indicó que la propuesta surge a partir de un análisis realizado en conjunto con el notariado de Coahuila y organizaciones vinculadas al tema, con el objetivo de visibilizar obstáculos legales que impactan directamente en la vida cotidiana de las personas.

Reiteró que el exhorto busca que el Congreso de la Unión analice y reforme la legislación para establecer de manera explícita la exención del impuesto en la transmisión de propiedad entre ex parejas o ex concubinos, cuando esta derive de convenios judiciales o sentencias de divorcio, a fin de proteger el patrimonio familiar con perspectiva de género.

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