(ARCHIVO)
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) transparentó a medias su parque vehicular después de que la presidenta Claudia Sheinbaum hizo un exhorto a que el Poder Judicial de la Federación diera a conocer los datos que, en una primera respuesta vía transparencia, reservó por cinco años alegando que "podría poner en riesgo la vida, seguridad o salud de las personas titulares" del Máximo Tribunal del país.
El pasado 20 de marzo, se publicó la reserva de dicha información, que fue solicitada desde el 23 de enero de este año. En su gira por Quintana Roo, la presidenta Sheinbaum Pardo se pronunció sobre esta reserva. "Hay que preguntar al Poder Judicial por qué reservaron esta información, ¿por qué la reservaron? Mi opinión es que todo debe ser transparente. Esa es mi opinión", expresó en su conferencia de prensa desde Cancún.
En su ampliación de información -fechada en 23 de marzo, pero recibida el 24 de marzo y vía correo electrónico- la Corte especifica que los 151 vehículos no son todos de su propiedad ni están todos a su disposición, sino que forman parte del total de los vehículos que administra el Órgano de Administración Judicial (OAJ).
De esos 151 vehículos, sólo 60 son propiedad del Poder Judicial y fueron adquiridos entre 2007 y 2022, con un costo total de 20 millones 246 mil 18 pesos. Los demás vehículos, 91 restantes, no son propiedad de la Corte, sino que se rentan; sin embargo, la Corte no especifica el costo que ha pagado por el arriendo.
En su respuesta inicial, entregada el 6 de marzo pasado, el Comité de Transparencia de la Corte precisó que cualquier ampliación de información -reconociendo que había datos que deben ser públicos- debía darse en un plazo de cinco días hábiles, sin mencionar que la entrega de información deba ocurrir de manera obligatoria. Entre el 6 y el 20 de marzo se dieron nueve días hábiles.
"Dado que este Comité de Transparencia es competente para dictar las medidas necesarias a fin de garantizar que la información bajo resguardo del Alto Tribunal se ponga a disposición de manera completa, con fundamento en los artículos 40, fracción I, de la Ley General de Transparencia; 11 y 23, fracción II, del Acuerdo General 5/202512, se requiere a la DGRM, por conducto de la Secretaría Técnica, para que en el término de cinco días hábiles siguientes a la notificación de esta resolución se pronuncie con mayor detalle sobre los datos requeridos en la solicitud, específicamente respecto de los 151 vehículos mencionados en su informe".
Esa información contrasta con lo que la Corte aseguró en una carta aclaratoria enviada, donde afirma que "desde la respuesta inicial a la solicitud se informó expresamente que los datos serían ampliados mediante un alcance" y que el medio "tenía conocimiento de que la información se encontraba en proceso de integración". Entre la primera respuesta de la Corte, presentada el 6 de marzo en la PNT, y la ampliación que entregó el 24 de marzo, no se recibió ninguna notificación sobre que la información adicional se encontrara en proceso de integración; por el contrario, la Plataforma Nacional de Transparencia cerró el proceso dado que no se presentó una queja a la respuesta.