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¿De cuánto es la multa por vender vapeadores en México este 2026?

La nueva prohibición ya está vigente y contempla multas elevadas y prisión para quienes comercialicen vapeadores en México

¿De cuánto es la multa por vender vapeadores en México este 2026?

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La venta de vapeadores y cigarros electrónicos quedó formalmente prohibida en todo el país, la medida, publicada en el Diario Oficial de la Federación, establece sanciones económicas y penales para quienes incumplan la nueva regulación sanitaria.

¿Desde cuándo está prohibida la venta de vapeadores en México?

La prohibición entró en vigor este 16 de enero de 2026, un día después de que el decreto fuera publicado en el Diario Oficial de la Federación, con esta reforma, el gobierno federal endureció su postura frente a los vapeadores y dispositivos electrónicos similares, al incorporarlos de forma explícita dentro de las actividades prohibidas por la Ley General de Salud.

La modificación legal forma parte de un paquete más amplio de cambios orientados a fortalecer la política de salud pública, modernizar el sistema sanitario y reducir los riesgos asociados a productos considerados dañinos

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Además de los vapeadores, la reforma incluye disposiciones sobre publicidad engañosa, productos con riesgo sanitario y otros temas vinculados al sector salud.

Desde la entrada en vigor del decreto, cualquier actividad relacionada con la fabricación, importación, distribución o venta de vapeadores quedó fuera de la ley, sin importar si se trata de dispositivos reutilizables o desechables.

¿De cuánto es la multa por vender vapeadores?

El nuevo artículo 456 Bis de la Ley General de Salud establece sanciones severas para quienes incumplan la prohibición, las consecuencias no se limitan a una sanción económica, ya que también se contemplan penas de prisión.

En el caso de la multa, la ley fija un rango que va de 100 a 2 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), a partir del ajuste vigente en 2026, el valor diario de la UMA es de 117.31 pesos, lo que eleva considerablemente el monto de las sanciones.

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Esto significa que la multa mínima por vender vapeadores ronda los 11 mil 700 pesos, mientras que la máxima puede superar los 234 mil pesos, dependiendo de la gravedad del caso y de la conducta sancionada, a ello se suma la posibilidad de enfrentar una pena de prisión que puede ir de uno a ocho años, según lo establecido en la ley.

Las sanciones aplican no solo a comerciantes, sino también a quienes fabriquen, importen o distribuyan estos productos, así como a quienes manejen las sustancias utilizadas en los dispositivos de vapeo.

¿Está prohibido usar vapeadores o solo venderlos?

Aunque la prohibición es amplia en materia comercial, la ley establece una distinción importante, el consumo y la posesión personal de vapeadores no están tipificados como delito, siempre que no exista intención de venta, distribución o cualquier otra actividad con fines comerciales.

Esto significa que, de acuerdo con el artículo 282 de la Ley General de Salud, una persona puede poseer o usar un vapeador de manera individual sin incurrir en una falta administrativa o penal, siempre que no participe en su comercialización.

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La vigilancia y aplicación de la ley recaen en las autoridades sanitarias, encabezadas por la Secretaría de Salud y la COFEPRIS, en coordinación con autoridades estatales, cuerpos de seguridad e instancias judiciales. 

Estas dependencias cuentan con facultades para retirar productos del mercado, imponer sanciones y ordenar la suspensión inmediata de actividades relacionadas con vapeadores.

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