CURP es requisito para los trámites de inscripción y reincorporación al Padrón Electoral
Esta disposición tiene como finalidad fortalecer la certeza en la integración y actualización del Padrón Electoral, así como facilitar la verificación de la identidad de las y los ciudadanos que realizan estos trámites.
El Instituto Nacional Electoral (INE), a través de la Junta Local Ejecutiva en el estado de Durango, informa a la ciudadanía que, en cumplimiento del Acuerdo INE/CNV01/ENE/2026 de la Comisión Nacional de Vigilancia, las personas que soliciten por primera vez su Credencial para Votar (inscripción al Padrón Electoral) o requieran su reincorporación al Padrón Electoral, deberán presentar la Constancia de la Clave Única de Registro de Población (CURP) como parte de la documentación necesaria para realizar su trámite.
Para realizar un trámite de inscripción o reincorporación, será necesario presentar:
Documento que acredite la nacionalidad mexicana. Identificación oficial con fotografía. Comprobante de domicilio vigente. Constancia de la Clave Única de Registro de Población (CURP).
Es importante señalar que este requisito aplica específicamente para quienes tramiten por primera vez su Credencial para Votar o soliciten su reincorporación al Padrón Electoral, por lo que se invita a la ciudadanía a verificar que cuenta con toda la documentación antes de acudir al Módulo de Atención Ciudadana.
Los interesados pueden consultar el detalle de los documentos aceptados para cada tipo de trámite en el portal oficial del INE: https://www.ine.mx/credencial/tramite-credencial-tipo/.