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Venta de alcohol

¿Qué ajustes habrá a giros y horarios de venta de alcohol en La Laguna?

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MA. ELENA HOLGUÍN

El municipio de Gómez Palacio tendrá que eliminar los conceptos de extensión de horario y horas extra para concretar la homologación para la venta de bebidas con contenido alcohólico en las cuatro ciudades de la Zona Metropolitana de La Laguna, según el compromiso que se estableció para un plazo de 100 días.

Y es que mientras en Coahuila los municipios se rigen por la Ley para la Regulación de la Venta y Consumo del Alcohol en el Estado, la Ley para el Control de Bebidas con Contenido Alcohólico del Estado de Durango otorga facultades a los ayuntamientos para determinar las áreas de restricción y prohibición, y para modificar los horarios establecidos y días de funcionamiento, por orden público e interés social.

Bajo este criterio de autonomía, se operan las extensiones de horario, que se materializan con el pago de horas extras por parte de los negocios que cuentan con licencia para operar y que buscan ampliar la venta de dichos productos después de los horarios establecidos por ley, así como los domingos y días festivos.

Técnicamente, tanto Gómez Palacio como Lerdo no tienen venta de alcohol los domingos, porque la ley ni los reglamentos lo consideran; sin embargo, los establecimientos prácticamente pueden comprar el día mediante el pago de las horas extra, cuyos ingresos dejarán de obtenerse si se unifican los horarios.

Así, el Artículo 39 del Reglamento para el Control de Bebidas con Contenido Alcohólico en el Municipio de Gómez Palacio, estipula que "los días y hora extra, serán facultades de la autoridad correspondiente y no pasará de las 2:00 de la mañana. En domingo y días festivos, hasta las 12:00 de la madrugada y una hora para el desalojo" de los negocios.

Los Artículos 40 y 41 establecen que para la extensión se deberán cubrir las cuotas de conformidad a la Ley de Ingresos, al igual que las cuotas por hora extra.

Según la Ley de Ingresos de Gómez Palacio, la autorización temporal de hora en los negocios dedicados a la venta de alcohol oscilará entre 1.09 y 1.12 Unidades de Medida y Actualización (UMA), dependiendo del giro, es decir, de 127.87 a 131.40 pesos por hora.

Las cuotas por abrir los domingos se establecieron en 8.77 UMA, el equivalente a mil 28.80 pesos, y las cuotas por apertura en días festivos son de 3.28 a 3.32 UMA,  entre 384.78 y 389.47 pesos.

Por ejemplo, un bar que por ley solamente puede vender hasta las 22:00 horas, para extender su horario hasta las 2:00 de la mañana entre semana, tiene que pagar un mínimo de 127.87 pesos por cada una de las cuatro horas. Esto hace 511.48 pesos por día, que multiplicado por seis días de la semana, suma 3  mil 68.88 pesos, más lo que tendría que pagar el domingo si también desea abrir.

Diferencias

La unificación de horarios fue uno de los principales acuerdos del Grupo de Coordinación Operativa en Materia de Seguridad, en el que se estableció que dicha homologación debe ser con base en la legislación de Coahuila.

El Reglamento para Prevenir y Combatir el Abuso en el Consumo de Alcohol y Regular su Venta y Consumo del Municipio de Torreón, refiere que los horarios permitidos son los que dispone el Artículo 14 de la ley estatal: Para distribuidores, depósitos, expendios, tiendas y supermercados, de las 10:00 a las 23:00 horas de lunes a sábado; bares, cantinas y cervecerías de 11:30 a las 2:00 del día siguiente; ladies bar, cabarets, disco, clubes sociales y deportivos, hoteles y moteles de 11:30 a las 2:00 del día siguiente.

En el caso de restaurantes y restaurantes bar, el horario es de las 11:30 a las 2:00 del día siguiente de lunes a domingo; para presentaciones de espectáculos, la autorización es de 11:30 a las 2:00 del día siguiente.

El Artículo 15 establece los horarios para venta dominical, en envase cerrado, de las 10:00 a las 14:00 horas.

En Gómez Palacio En Gómez Palacio, el reglamento municipal establece los siguientes horarios: agencias, almacenes, depósitos, tiendas, centros recreativos y expendios de bebidas preparadas, de lunes a viernes de 10:00 a las 22:00, sábados de 10:00 a 15:00, al igual que para casinos, hoteles y moteles.

Para el medio urbano se establece que cantinas y restaurantes bar pueden vender de lunes a viernes de 10:00 a 24:00 horas y los sábados de 10:00 a 15:00 horas, con una hora para desalojar. Las cantinas, ladies bar, centro de convenciones, ferias, bailes, discotecas, salas de masaje, estadios, arenas, palenque, gimnasio, auditorios, de lunes a viernes de 10:00 a 2:00 y sábados 10:00 a 15:00 horas.

En el medio rural se aplican otros horarios, que son de lunes a viernes de 10:00 a 22:00, sábados 10:00 a 15:00, mientras que por motivo de actividades del Ayuntamiento de lunes a sábado de 10:00 a 2:00 horas del día siguiente y domingos de 10:00 a 24:00 horas.

Otra de las diferencias es que las licencias de alcohol en Torreón están a cargo de las empresas cerveceras, en los municipios de La Laguna de Durango las tienen a su cargo particulares.

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