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Decir el derecho en la era de los absolutos

LORETTA ORTIZ AHLF

El término jurisdicción proviene del latín iuris dictio, que significa “decir el derecho”. De ahí que quienes nos dedicamos a la función jurídica tengamos una responsabilidad especial con las palabras. Debemos usarlas con cuidado, reconocer su peso y procurar que nombren con precisión los hechos.

Las discusiones jurídicas ocupan un lugar cada vez más central en la conversación pública y muestran por qué esta responsabilidad importa. Vivimos en una época que desconfía de los matices. Basta navegar unos minutos por cualquier red social para advertir que todo parece absoluto, histórico, intolerable o definitivo. Las plataformas premian la expresión más contundente, la etiqueta más grave o el calificativo que despierta indignación.

La tentación es comprensible.

Usar la palabra más severa frente a una injusticia parece situarnos del lado correcto. Pero en el derecho, la precisión del análisis debe prevalecer sobre la intensidad de la indignación.

Pensemos en los antibióticos.

Son un recurso valioso de la medicina y, por ello, se reservan para las infecciones bacterianas en las que están indicados. Su uso indiscriminado genera resistencia y provoca que pierdan eficacia cuando se necesitan. Negarlos cuando están indicados también causa daño.

Algo semejante ocurre con las categorías jurídicas. Una irregularidad administrativa, una violación a derechos humanos y un delito pueden surgir de los mismos hechos, pero no son expresiones intercambiables. Cada calificación exige acreditar elementos propios y conduce a consecuencias diferentes.

Sus contornos permiten reconocer el daño, identificar responsabilidades y definir cómo responder.

Nombrar con precisión permite diagnosticar el daño y orientar el remedio. Esas diferencias recogen siglos de aprendizaje sobre los límites del poder y las condiciones de la justicia. Usar siempre la categoría más grave puede proteger menos de lo que aparenta. Rebajarla para disminuir el daño o eludir responsabilidades también deforma el análisis.

La justicia exige comprender los hechos, identificar las responsabilidades y aplicar la consecuencia debida.

El tono del debate público suele privilegiar la contundencia sobre la precisión. Explicar que un hecho es grave, aunque no corresponda a determinada categoría, difícilmente circula tanto como una acusación formulada en términos absolutos.

En esa competencia por la atención, las palabras jurídicas se lanzan como proyectiles, se estiran hasta perder sus contornos y se repiten hasta desgastarse. Como los antibióticos administrados sin criterio, pueden perder eficacia cuando se necesiten para nombrar con claridad una afectación real.

Reconocer que una conducta es reprochable y calificarla con precisión no implica minimizarla. El rigor jurídico exige establecer qué ocurrió, qué derechos pudieron ser afectados y qué figura permite responder. Dar a cada conducta su justa dimensión es la condición de su justo remedio. Una respuesta firme y adecuada requiere investigar los hechos, deslindar responsabilidades, imponer las consecuencias correspondientes y reparar el daño.

Cuando la discusión se reduce a decidir si un hecho merece la etiqueta más grave, el nombre desplaza al análisis.

Quienes ejercemos funciones jurídicas intervenimos en la conversación pública con una autoridad particular. Cada categoría que usamos recoge una experiencia acumulada sobre ciertos daños y la respuesta que merecen. Por eso debemos resistir la palabra fácil, aunque la celebre la tribuna. Aplicar una categoría a cualquier agravio desdibuja sus contornos. Evitarla cuando los hechos la justifican deja el daño sin nombre y al responsable sin consecuencia. En ambos casos, el remedio llega más débil.

(Agradezco la colaboración de VíctorMiranda).

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