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Esta es la fecha límite para presentar la declaración anual en 2026 y quiénes están obligados

Las personas físicas tienen hasta el 30 de abril y las morales hasta el 31 de marzo para cumplir con el SAT

La Declaración Anual 2026 vence el 31 de marzo para empresas y el 30 de abril para personas físicas/ Especial

La Declaración Anual 2026 vence el 31 de marzo para empresas y el 30 de abril para personas físicas/ Especial

NEYEN AVILA

Cada año, millones de contribuyentes en México deben cumplir con la presentación de la Declaración Anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Este trámite es indispensable para mantener en orden las obligaciones fiscales y evitar sanciones que pueden alcanzar hasta 50,000 pesos por día de retraso. Además de ser una obligación, la declaración puede convertirse en una oportunidad para obtener devoluciones de impuestos gracias a las deducciones personales. En 2026, las fechas límite ya están definidas y es importante conocerlas para no quedar fuera de plazo.

¿Qué implica la Declaración Anual?

La Declaración Anual consiste en reportar al SAT los ingresos obtenidos durante el ejercicio fiscal anterior, en este caso el año 2025, así como las deducciones aplicables. El objetivo es que la autoridad fiscal verifique la relación entre ingresos y el pago de impuestos. Si se detecta que un contribuyente percibió más dinero del reportado, deberá cubrir la diferencia. Por otro lado, si las deducciones superan lo pagado, puede generarse un saldo a favor, lo que significa que el SAT devolverá parte de los impuestos.

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Este trámite aplica tanto para personas físicas como para personas morales, y se realiza completamente en línea a través del portal del SAT, donde gran parte de la información aparece precargada, lo que facilita el proceso.

Fechas límite en 2026

El calendario fiscal establece dos plazos principales: las personas morales, es decir, las empresas, tienen como fecha límite el 31 de marzo de 2026. Por su parte, las personas físicas deberán presentar su declaración entre el 1 y el 30 de abril de 2026.

Esto significa que trabajadores independientes, profesionistas, arrendadores, inversionistas o personas con ingresos adicionales al salario deberán cumplir con el trámite durante abril.

De acuerdo con el SAT, las personas físicas que deben presentar la declaración anual son aquellas que trabajaron para más de un patrón durante el año, quienes obtuvieron ingresos adicionales al salario, quienes percibieron honorarios, arrendamientos o ingresos por actividad empresarial, quienes recibieron intereses o dividendos, y quienes superaron los 400 mil pesos anuales, incluso si provienen de un solo empleador.

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En todos estos casos, el cumplimiento es obligatorio. No hacerlo puede derivar en multas significativas y en problemas legales con la autoridad fiscal.

Recomendaciones para el trámite

Los especialistas fiscales recomiendan no esperar hasta el último día para presentar la declaración. Para realizarla se necesita contar con el RFC, la contraseña o la e.firma, además de la información sobre ingresos y deducciones personales. El portal del SAT permite completar el trámite en pocos minutos, y hacerlo con anticipación ayuda a corregir errores y agilizar devoluciones en caso de saldo a favor.

En 2026, las personas morales deberán presentar su Declaración Anual a más tardar el 31 de marzo, mientras que las personas físicas tendrán hasta el 30 de abril. Este trámite es obligatorio para quienes superen los 400 mil pesos de ingresos anuales o tengan ingresos adicionales al salario. Cumplir en tiempo y forma no solo evita sanciones, sino que también puede representar un beneficio económico gracias a las devoluciones de impuestos.

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