Hacienda publicó nuevas reglas para reforzar la prevención del lavado de dinero entre negocios considerados Actividades Vulnerables.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) estableció nuevas reglas contra el lavado de dinero para los negocios y servicios considerados Actividades Vulnerables, con mayores obligaciones para identificar y evaluar los riesgos de sus operaciones.
Las nuevas Reglas de Carácter General de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) fueron publicadas este lunes en el Diario Oficial de la Federación.
Las disposiciones forman parte de la implementación de las reformas a la ley y su reglamento aprobadas entre 2025 y 2026.
¿Qué cambia con las nuevas reglas contra lavado de dinero?
Uno de los principales cambios es la incorporación del Enfoque Basado en Riesgo (EBR) como principio para cumplir con las obligaciones establecidas en la LFPIORPI.
A partir de este esquema, los negocios deberán identificar, evaluar, clasificar y documentar los riesgos relacionados con sus clientes, usuarios, operaciones, productos, servicios, canales y zonas geográficas.
La finalidad es detectar con mayor precisión aquellas operaciones que pudieran estar vinculadas con recursos de procedencia ilícita.
Hacienda también establece un modelo de cumplimiento proporcional, por lo que las obligaciones y acciones de supervisión podrán aplicarse de acuerdo con el nivel de riesgo de cada Actividad Vulnerable.
La entrada en vigor será gradual, con el propósito de que los negocios puedan actualizar sus procesos y desarrollar las capacidades necesarias para cumplir con las nuevas disposiciones.
¿Qué negocios realizan Actividades Vulnerables?
Entre las actividades contempladas por la LFPIORPI se encuentran:
- Juegos, concursos y sorteos, así como la venta y pago de premios.
- Emisión o comercialización de tarjetas de servicio, crédito y prepago fuera del sistema financiero.
- Préstamos, créditos o garantías realizados fuera del sistema financiero.
- Construcción y desarrollo de bienes inmuebles.
- Venta de metales y piedras preciosas, joyas y relojes.
- Comercialización y subasta de obras de arte.
- Venta de vehículos nuevos o usados, incluidos automóviles, aeronaves y embarcaciones.
- Servicios de blindaje de vehículos e inmuebles.
- Traslado o custodia de dinero y valores.
- Determinados servicios profesionales relacionados con inmuebles, manejo de cuentas o constitución de sociedades.
- Actividades realizadas ante notarios y corredores públicos contempladas por la ley.
- Recepción de donativos por asociaciones y sociedades sin fines de lucro.
- Constitución de derechos personales de uso o goce sobre inmuebles.
- Intercambio o custodia de activos virtuales fuera de entidades financieras.
El listado incluye otras operaciones consideradas susceptibles de ser utilizadas para el lavado de dinero.
¿Qué deben hacer estos negocios?
Las empresas y personas que realicen alguna de las Actividades Vulnerables deberán cumplir con distintas obligaciones ante la autoridad.
Entre ellas están registrarse en el Sistema del Portal de Prevención de Lavado de Dinero (SPPLD), identificar directamente a sus clientes y usuarios y, cuando corresponda, determinar quién es el beneficiario controlador.
También deberán presentar avisos e informes a través del sistema, a más tardar el día 17 del mes siguiente a la operación.
La documentación relacionada con las operaciones deberá conservarse durante al menos 10 años.
En el caso de las personas morales, además, deberán designar ante Hacienda a un representante encargado de supervisar el cumplimiento de estas obligaciones.
Las nuevas reglas contra el lavado de dinero buscan que los controles se concentren en las operaciones con mayor nivel de riesgo y fortalecer la prevención de recursos de procedencia ilícita.