La Ley de 1973 del Instituto Mexicano del Seguro Social estipula que se puede solicitar pensión de Cesantía en Edad Avanzada a partir de los 60 años cumplidos, o solicitar la pensión de vejez si se tiene 65 años cumplidos o más, por lo que, para aquellas personas que se mantuvieron económicamente activas durante la mayor parte de su vida productiva, esto supone un soporte que puede darles el nivel de autonomía o de dependencia parcial.
Uno de los aspectos señalados como uno de los factores más importantes de seguridad económica y de apoyo en la vejez es la tenencia y propiedad de la vivienda. (Garay, Montes de Oca, Hebrero, 2015).
Esta situación no es así para aquellas personas, sobre todo mujeres que se dedicaron a actividades no remuneradas dentro del hogar, o en el caso de personas que trabajaron por su cuenta fuera de los esquemas de seguridad social como el IMSS y el ISSSTE, que no alcanzaron a reunir los ahorros suficientes para poder tener autonomía, y que pueden caer en la dependencia total por parte de familiares u otras personas. Otro aspecto a revisar en el tema de la jubilación es la cuestión del rol que la persona pasa a jugar, ya que la jubilación puede significar para el individuo un decremento de actividades remuneradas, o sea, menores ingresos y, por lo tanto, una disminución de la aportación al gasto familiar. En el caso de los hombres que mantuvieron a lo largo de su vida el rol de proveedores ante la familia y la sociedad, puede suponer una reconstrucción de su identidad en la vejez (Verónica Montes de Oca y Mirna Hebrero 2006)
El obtener ingresos extra o emprender nuevos proyectos profesionales en la tercera edad puede ser una de las formas no sólo de lograr un mayor grado de autonomía económica, sino también de reconstruir la identidad y autoestima durante la jubilación.
Tomas.delbosque@iberotorreon.mx