La libertad de expresión es un derecho fundamental que tiene una gran centralidad en las sociedades democráticas, de modo que, cuando aquella se ve anulada, indebidamente restringida o condicionada por parte del Estado ya no estamos en una democracia.
Las democracias se fundan en el libre debate y en el contraste de las ideas que deben poder expresarse sin cortapisas por parte de las autoridades. Por supuesto, como pasa con todas las libertades, el ejercicio de la libertad de expresión tiene límites que legítimamente pueden y deben imponerse, pero son restricciones concretas y específicas señaladas en la ley que, de no existir, podrían poner en riesgo los derechos de otras personas y la convivencia pacífica en una sociedad.
Así, dichos difamantes o calumniosos o bien que incitan al odio o a la violencia contra ciertas personas o grupos no pueden escudarse tras la libertad de expresión porque ésta no es una patente de corso para poder decir lo que se quiera.
Esa libertad tiene —y es correcto que así sea— límites y restricciones en su ejercicio lícitas y justificables, como el respeto de las esferas de libertad y de derechos de las otras personas o de las bases y condiciones esenciales de la convivencia pacífica (y por ello tolerante) en una sociedad.
Al Estado, en democracia, le corresponde una doble responsabilidad en relación con la libertad de expresión: a) no restringirla indebidamente ni vulnerarla directamente y b) protegerla garantizando la existencia de las condiciones necesarias para su debido ejercicio. Desde ese modo, la censura, sea cual sea y con independencia de su tipo, constituye una práctica autoritaria porque supone la negación del estado democrático de derecho.
No es casual que la libertad de expresión sea de los primeros derechos que son descalificados, acotados y luego suprimidos por los regímenes autoritarios. Así, los ataques a la libertad de prensa, misma que deriva directamente y es una de las expresiones más potentes de la libertad de expresión, así como sus actores (medios de comunicación, periodistas y formadores de opinión pública) son siempre una de las primeras medidas que los autócratas adoptan cuando llegan al poder. Por eso resulta muy fácil distinguir cuando estamos frente a un autoritario a partir de sus sistemáticas descalificaciones a la prensa crítica.
Ahora bien, guste o no el ejercicio de la libertad de expresión no puede hacerse depender de que lo que se diga deba ser verdad y no pueda ser mentira. En ninguna democracia combatir a la mentira es un argumento válido para acotar la libertad de expresión, entre otras cosas porque resulta sumamente complicado establecer qué es verdad y qué mentira y, en algunos temas en los que inevitablemente privan la subjetividad y la diversidad de puntos de vista, es prácticamente imposible. Por eso ninguna democracia constitucional (que de verdad lo sea) limita la libertad de expresión por la veracidad o no de los dichos públicos.
Por supuesto que a la mentira hay que evidenciarla, denunciarla públicamente y construirle un costo social, pero sólo los regímenes autoritarios pueden pretender perseguirla jurídicamente (claro, luego de haberla determinado ellos mismos).
El Estado puede intervenir sólo para resolver las disputas jurídicas que una mentira supone en los casos de demandas de daño moral u otra afectación, pero no implica que tiene atribuciones para ser el promulgador absoluto de la verdad y con ello determinar y establecer lo que esta es en una sociedad democrática.
Por eso, pretender con las nuevas regulaciones que empuja la administración de Sheinbaum, la existencia de instancias gubernamentales que puedan determinar lo que es verdad y mentira en el debate público y en ámbito periodístico y, además, imponer sanciones tanto a los medios como al emisor de un mensaje considerado falso, es absolutamente inconcebible desde el punto de vista del estado constitucional democrático de derecho.
@lorenzocordovav