Testamento (ESPECIAL)
Además de ser un “acto de amor”, el realizar un testamento deja tranquilidad a las familias y evita problemas cuando no deja estipulada la última voluntad. En este documento, no solo se pueden designar bienes, sino que se puede establecer quién quedaría de tutor, en caso de tener a hijos menores de edad, ante un fallecimiento de ambos padres.
Salvador Sánchez Ávila, presidente del Consejo Directivo del Colegio de Notarios de Torreón, explicó que en el caso de Coahuila, quienes pueden realizar un testamento, son ciudadanos a partir de los 14 años de edad, lo mismo para los estados de: Chihuahua, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Tabasco y Tlaxcala. En el caso de Durango, puede ser a partir de los 16 años.

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DIF Torreón y el Colegio de Notarios ofrecen orientación para realizar el trámite y acceder a un costo especial durante septiembre y octubreDe acuerdo con el presidente del Consejo Directivo del Colegio de Notarios en Torreón, es poca la cultura del testamento, de ahí la importancia de las campañas que se realizan en el mes de septiembre para promoverlo.
“No es mucha la cultura, por eso es que se realizan este tipo de campañas, son buenísimas porque la verdad es que cuando uno piensa en testamento, uno piensa en muerte, y esa parte muchas veces nos da miedo realizar por ese simple hecho. Y ahora no hay edad para hacerlo, de hecho, en Coahuila es uno de los estados donde más jóvenes podemos hacer nuestro testamento que es a los 14 años de edad. Lo puedes hacer, joven, no pensando que ya te vas a morir al contrario, debemos de pensar y cambiar ese chip, en donde debemos nosotros cambiar para poder dejar tranquilidad a nuestras familias”, recalcó.
Sánchez explicó también que, una vez elaborado el testamento, este se puede modificar, y es él último el que tendrá validez al momento de un fallecimiento.
“Cuando realizan su testamento internamente, lo que hacemos es dar avisos al Registro Nacional de Testamentos, porque ahí es donde queda guardado y una vez que haya un fallecimiento, iniciar con todos los procesos sucesorios”.

También, explicó que, en caso de tener hijos menores de 18 años, se puede designar a un tutor, aunque recomienda siempre hablarlo con la persona que desempeñaría ese papel, en caso del fallecimiento de ambos padres.

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Desde el miedo a la muerte y a los costos, estas son las principales razones por las que los mexicanos evitan hacer un testamento“Por medio los testamentos es el único acto donde podemos designar a un tutor de nuestros hijos que son menores de 18 años”, detalló.
De acuerdo con la Secretaría de Gobernación, “el tutor en ningún caso puede disponer de los bienes que le hayan dejado a los menores, salvo autorización de un Juez. El tutor no puede desempeñar el cargo sino hasta que ambos padres del menor hayan fallecido”.
¿Qué pasa si no se deja testamento?
La ley establece quiénes serían los herederos y en qué proporción. Esta situación puede provocar que la familia del difunto enfrente gastos elevados, pérdida de tiempo y en ocasiones conflictos entre aquellas personas que consideren tener derecho a recibir los bienes, pues tendría que tramitarse un juicio sucesorio ante el juzgado de lo familiar para determinar el reconocimiento de herederos que en muchas ocasiones puede no coincidir con la voluntad de la persona que falleció y que no formuló testamento alguno.