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Ley Valeria

Ley Valeria: ¿Qué conductas se consideran acecho y cuáles son sus posibles sanciones?

La reforma aprobada en la Cámara de Diputados busca tipificar el acecho como delito federal y sancionar las conductas de hostigamiento

NEYEN AVILA

La llamada Ley Valeria continúa en tendencia después de que el gobierno de Claudia Sheinbaum salió a aclarar algunos mitos. Esta medida surge del caso de Valeria Macías, maestra y escritora de Monterrey que durante nueve años fue víctima de hostigamiento por parte de un alumno. Aunque nunca existió contacto físico, las conductas incluyeron miradas intimidantes, envío masivo de correos con imágenes violentas y un seguimiento constante en su vida cotidiana. Ante la falta de un marco legal que sancionara este tipo de comportamientos, Macías impulsó la iniciativa que hoy lleva su nombre y que busca reconocer el acecho como un delito autónomo.

Qué se entiende por acecho

El acecho se diferencia del acoso sexual porque no necesariamente implica contacto físico, pero sí genera un impacto profundo en la salud mental y la seguridad de las víctimas. Se trata de conductas reiteradas y persistentes de hostigamiento o persecución, como vigilar, seguir, enviar mensajes frecuentes, llamar por teléfono de manera constante o intentar comunicarse sin consentimiento. Estas acciones obligan a las personas afectadas a modificar su rutina, cambiar de trabajo o incluso de número telefónico para evitar al agresor.

La reforma adiciona el artículo 281 Bis al Código Penal Federal y establece sanciones claras: de dos a cuatro años de prisión y multas de hasta 400 días para quienes incurran en acecho. La tipificación incluye vigilancia física, seguimiento digital, intentos reiterados de contacto y cualquier conducta que altere la vida cotidiana de la víctima.

El proyecto ya fue aprobado en la Cámara de Diputados y se encuentra en el Senado para su discusión. Si se avala sin modificaciones, será enviado al Ejecutivo federal para su promulgación y publicación en el Diario Oficial de la Federación, quedando formalizado como ley.

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El gobierno aclara los mitos

La iniciativa ha generado polémica en redes sociales, donde algunos usuarios han afirmado que “mirar a una mujer” podría convertirse en delito. Ante estas críticas, el gobierno de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo aclaró en la conferencia mañanera que la Ley Valeria no sanciona hablar o mirar de manera arbitraria, sino las conductas sistemáticas de hostigamiento.

“La reforma al Código Penal Federal no sanciona hablarle a las mujeres de forma arbitraria, sino las conductas reiteradas y persistentes de hostigamiento o persecución, como vigilar o seguir, que afectan la seguridad y estabilidad de una persona. Hablarle a una mujer no es delito, el acoso y la intimidación sistemática sí lo son”, se explicó en Palacio Nacional.

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Un avance en la protección de las víctimas

La Ley Valeria responde a una demanda social que busca cerrar vacíos legales y garantizar protección frente a formas de violencia que antes quedaban impunes. El acecho, aunque no siempre deriva en agresiones físicas inmediatas, genera miedo, ansiedad y afecta la vida cotidiana de las víctimas, principalmente mujeres.

Con esta reforma, México reconoce el acecho como un delito federal y establece sanciones proporcionales a la gravedad de las conductas. Además, fortalece los mecanismos de protección contra el acoso y el abuso sexual, consolidando un marco legal más robusto frente a la violencia de género.

La Ley Valeria tipifica el acecho como delito federal y sanciona con hasta 4 años de prisión y 400 días de multa las conductas de hostigamiento persistente- Especial

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