Liquidez rápida con intereses altos, el dilema de las casas de empeño
La “cuesta de enero” es un verdadero desafío para miles de familias mexicanas. Tras las fiestas decembrinas, se acumulan compromisos como colegiaturas, pagos de servicios, renovaciones de seguros y saldos de tarjetas de crédito, que presionan la economía doméstica. En medio de este panorama, las casas de empeño aparecen como una alternativa rápida para obtener liquidez, pero también como un riesgo que puede agravar la situación financiera.
Las casas de empeño ofrecen préstamos a corto plazo a cambio de dejar un bien material en garantía. Pantallas, joyas, relojes, herramientas, instrumentos musicales o incluso automóviles se convierten en moneda de cambio para enfrentar emergencias económicas. Sin embargo, el préstamo suele ser menor al valor real del objeto y está acompañado de intereses y comisiones que, en algunos casos, elevan el Costo Anual Total (CAT) por encima del 150 por ciento.
La urgencia y la falta de información clara llevan a muchas personas a aceptar condiciones poco favorables. Cuando no se logra cubrir el pago o el refrendo en tiempo, la consecuencia es perder la prenda empeñada sin posibilidad de recuperarla.
Pamela y Diego, un matrimonio que llegó a enero con deudas acumuladas por los gastos de diciembre, decidieron empeñar una pantalla y una computadora portátil. El préstamo que recibieron fue equivalente a poco más de la mitad del valor real de los objetos. Al no poder pagar a tiempo, perdieron ambos bienes. Su caso refleja lo que ocurre con cientos de familias en los primeros meses del año, cuando recurren a las casas de empeño sin conocer sus derechos ni las condiciones del contrato, lo que las expone a perder patrimonio o a pagar intereses excesivos.
No todas las casas de empeño están registradas ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco). Aquellas que operan fuera del marco legal no ofrecen contratos de adhesión debidamente registrados ni garantías de seguridad sobre los bienes empeñados. Por ello, es fundamental verificar que el establecimiento esté inscrito en el Registro Público de Casas de Empeño de la Profeco y revisar cuidadosamente las cláusulas del contrato, los porcentajes de interés, los costos de almacenaje y los plazos de pago.
La Ley Federal de Protección al Consumidor y la NOM-179-SCFI-2016 establecen lineamientos para regular estos servicios, pero su cumplimiento depende de que las personas usuarias exijan transparencia y ejerzan sus derechos.
Cuando una prenda empeñada se vende, el consumidor tiene derecho a recibir la demasía o remanente, es decir, el excedente que se obtiene si el objeto se comercializa por un monto mayor al adeudado. Este saldo debe entregarse en efectivo y estar disponible hasta por un año. Sin embargo, muchas personas desconocen este derecho y nunca reclaman el dinero que les corresponde.
La cuesta de enero no solo es un fenómeno económico, también es social. La falta de educación financiera y la presión por resolver de inmediato los compromisos llevan a decisiones impulsivas que pueden tener consecuencias duraderas. Empeñar un objeto de uso diario o con valor sentimental puede significar un daño mayor que el beneficio económico obtenido.
La recomendación de especialistas es comparar tasas de interés y comisiones en al menos tres establecimientos, preguntar por el CAT, revisar la veracidad de la información y leer con atención el contrato. Además, conservar comprobantes de pago y acudir a la Profeco en caso de irregularidades son pasos esenciales para proteger el patrimonio familiar.
Las casas de empeño pueden ser una alternativa útil y legal para enfrentar emergencias económicas, pero solo cuando se utilizan de manera informada y responsable. No son una fuente de ingresos sostenida ni una solución definitiva a los problemas financieros de enero. Cada peso prestado tiene un costo, y cada prenda entregada puede tener un valor emocional o económico mucho mayor que el beneficio inmediato.