Esto es lo que debes saber sobre el pago de Marcha Bienestar en 2026. (Especial)
¿Alguna vez has escuchado sobre el Pago de Marcha Bienestar? Este pago está vinculado con algunas de las Pensiones Bienestar que otorga el gobierno federal. Te decimos en qué caso aplica y quienes pueden solicitarlo.
¿Qué es el Pago de Marcha Bienestar?
El Pago de Marcha Bienestar es un apoyo económico que se brinda a la familia de un beneficiado o beneficiada de la Pensión Bienestar cuando este fallece. Sin embargo, este solo está disponible para las familias de quienes recibieron la Pensión para Adultos Mayores, la Pensión para Personas con Discapacidad y la Pensión Mujeres Bienestar.
¿Cuánto se otorga en el Pago de Marcha Bienestar y quién lo cobra?
El apoyo económico es entregado únicamente a la persona que haya sido registrada como auxiliar de la o el beneficiario de la Pensión Bienestar.
En 2026 los pagos van de los mil 550 a los 3 mil 200 pesos; el apoyo varía en relación con la pensión que tenía el beneficiario fallecido.
Al auxiliar de una persona registrada en la Pensión para Personas Adultas Mayores se le brinda un apoyo de $3,200 pesos.
Mientras que el pago de marcha para quienes tuvieron un familiar con la Pensión para Personas con Discapacidad es de $1,650 pesos y de $1,550 pesos en el caso de que contarán con la Pensión Mujeres Bienestar.

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Sheinbaum cuestionó las acciones de EUA contra el narcotráfico y el lavado de dinero tras el informe de Trump, que reconoció avances de México¿Cómo se solicita el Pago de Marcha Bienestar?
La persona que aparezca como auxiliar del beneficiario o beneficiaria debe notificar el fallecimiento a través de la Línea del Bienestar, marcando al número 800 639 4264 o acudiendo a alguno de los módulos del bienestar.
Se solicitarán datos personales del auxiliar y beneficiario fallecido, así como datos del acta de defunción o constancia médica oficial.
Toma en cuenta que el trámite debe hacerse dentro de los dos bimestres siguientes al fallecimiento y que no se debe haber cobrado ningún apoyo posterior al fallecimiento, de lo contrario no se podrá cobrar el pago de marcha y también se estará incurriendo en un delito.
El auxiliar deberá presentar una identificación oficial vigente original y el acta de defunción o la constancia médica que certifique el fallecimiento.
El pago es único e intransferible; por lo que solo se otorga una vez y solo a la persona registrada como auxiliar.
Los apoyos económicos otorgados en el pago de marcha Bienestar tienen como propósito ayudar con los gastos que deriven del fallecimiento del beneficiario de alguna de las pensiones Bienestar antes descritas.

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