PAN gana impugnación: Tribunal frena las “boletas planchadas” rumbo a 2027
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que las llamadas “boletas planchadas” no podrán contabilizarse en los comicios de 2027 si aparecen sin los dobleces necesarios para haber sido depositadas en la urna.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación frenó el uso de las llamadas “boletas planchadas” en los comicios de 2027, al determinar que aquellas papeletas que aparezcan sin los dobleces necesarios para haber sido depositadas en la urna no podrán contabilizarse ni incorporarse a los resultados electorales.
Resolución de la Sala Superior
La resolución de la Sala Superior deriva, entre otros medios de impugnación, del recurso SUP-RAP-215/2026, promovido por el Partido Acción Nacional contra los lineamientos aprobados por el Instituto Nacional Electoral para los cómputos distritales y de circunscripción plurinominal del Proceso Electoral Federal 2026-2027.
El PAN impugnó el mecanismo originalmente establecido por el INE, al considerar que permitía reservar una boleta sin las marcas de doblez y dejar en manos de los consejos distritales la decisión, mediante votación, sobre si debía contabilizarse.
La Sala Superior consideró fundado el planteamiento y estableció un criterio uniforme: una vez marcada, la boleta debe doblarse y depositarse en la urna.
Por ello, si durante el escrutinio o un recuento aparece una papeleta que no presenta los dobleces necesarios para haber sido introducida en la urna, deberá considerarse inválida.
Cambios que deberá aplicar el INE
Con esta determinación, el INE tendrá que modificar sus lineamientos y eliminar el esquema que permitía a cada Consejo Distrital deliberar y votar sobre la validez de este tipo de boletas.
Las papeletas detectadas bajo estas condiciones no deberán sumarse a los resultados, además de que la irregularidad tendrá que registrarse y la boleta deberá conservarse separada de aquellas que sí fueron computadas.
El Tribunal reconoció que el INE tiene facultades para reglamentar los procedimientos de cómputo electoral, pero estableció que éstas deben ejercerse bajo los principios constitucionales de certeza, autenticidad y secrecía del sufragio.
Postura del PAN
Para Acción Nacional, la resolución representa un freno a posibles decisiones discrecionales durante los cómputos y una defensa de la certeza sobre los votos que efectivamente fueron emitidos conforme al procedimiento legal.
Asimismo, el partido advirtió que continuará utilizando los recursos jurídicos disponibles para defender la legalidad de los procesos electorales y vigilar que los resultados correspondan exclusivamente a los votos emitidos y depositados conforme a las reglas establecidas.