Mediante decreto del 6 de junio de 1990 fue creada la Comisión Nacional de los Derechos Humanos como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Gobernación; elevada a rango constitucional en septiembre de 1992, con Personalidad jurídica y patrimonio propios , mediante adición al Apartado B del Artículo 102 de la Constitución General de la República, ambos contenidos auspiciados por Carlos Salinas de Gortari; fue dotada de plena autonomía por Ernesto Zedillo, en septiembre de 1999, otorgándole capacidad de gestión y presupuestaria.
Los derechos humanos son "un conjunto de prerrogativas sustentadas en la dignidad, cuya realización es indispensable para el desarrollo integral de la persona", contenidos en la Constitución Política, en los Tratados Internacionales y en las leyes ordinarias.
1.- Son universales, porque pertenecen a todo ser humano, por el simple hecho de ser persona, independientemente de raza, nacionalidad, sexo, edad, lugar de residencia, estado civil, credo religioso, filiación política, preferencia sexual, status económico o condición social;
2.- Son individuales (es decir, sólo una persona los puede poseer. No hay derechos humanos de grupo, familiares o de asociaciones;
3.- Son intransferibles (el titular no puede cederlos o pasarlos a otro);
4.- Son inalienables e imprescriptibles.
5.- No son objeto de herencia o legado.
Su más remoto antecedente se da en el siglo XIX, cuando en 1847, don Ponciano Arriaga, ilustre personaje de la Reforma, impulsa y promueve la Ley de Protección de los Pobres, en San Luis Potosí.
A.- Derecho a la vida, Igualdad entre el hombre y la mujer, Igualdad ante la Ley; Libertad de Trabajo, profesión, industria o comercio; libertad de expresión, Libertad de Conciencia, Libertad de Imprenta; Libertad de Tránsito y residencia;
B.- De asociación, de reunión y de manifestación; religiosa y de culto; Acceso a la Justicia; Irretroactividad de la Ley; Derecho de audiencia y debido proceso legal, entre otros, son algunos de los derechos humanos que corresponden a la persona.
Ciertamente se reconoce que ha habido avance de 1992 a nuestros días, pero hay cuestiones que siguen pendientes o rezagadas, que deben ser valoradas por las autoridades que tienen a su cargo y responsabilidad la procuración y administración de justicia en todos sus órdenes y niveles; que se revisen con ánimo crítico e incluyente, para que no lloren mañana lo que no supieron defender hoy.
Temas como inseguridad pública, derechos de la víctima u ofendido; presunción de inocencia; detención arbitraria; tortura y malos tratos; retenes; violencia contra las mujeres; atención a los menores de edad y a los adultos mayores; agravio a periodistas y comunicadores; uso del polígrafo-examen poligráfico; reclusorios; penas alternativas; libertad anticipada; derechos de los pueblos y comunidades indígenas; derechos de los migrantes; derechos a la protección de la salud; derecho a la no discriminación, son los rubros cuyo contenido es de interés público.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos ha sido presidida en las diferentes etapas de su existencia por personajes de gran peso y grueso calibre en quienes la sociedad ha confiado para que respondan con hechos reales y concretos en la defensa y protección de los derechos humanos, pero su actuación a quedado en buenas intenciones. Jorge Carpizo que fuera rector de la Universidad Nacional Autónoma de México y Secretario de Gobernación y José Luis Soberanes Fernández, fueron dos de los presidentes de la CNDH en los que se depositó plena confianza de que saldrían avante en su encomienda; sin embargo, la realidad sociopolítica demuestra que falta mucho para llegar a un Estado que sea verdadero protector de los derechos fundamentales de la persona.
Se espera que su actual titular, María del Rosario Piedra Ibarra, en esta que fue para un segundo periodo, así como su equipo de trabajo, pueda dar respuesta a las inquietudes de la población en el desempeño de su función, para que no lloren mañana... lo que no supieron defender hoy.
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