Pensión IMSS: ¿Hasta qué edad se puede solicitar una pensión de orfandad?
Perder a un padre o tutor es una de las situaciones más difíciles que se pueden enfrentar, y el respaldo económico se vuelve fundamental para garantizar el futuro de los hijos.
Si eres beneficiario o conoces a alguien en esta situación, es vital conocer los lineamientos de la Ley del Seguro Social para este 2026.
¿Hasta qué edad se puede recibir este apoyo y qué requisitos solicita el Instituto Mexicano del Seguro Social? Aquí te explicamos los límites de edad y las condiciones clave para asegurar este derecho.

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De acuerdo con la normativa vigente del IMSS, la pensión de orfandad no es vitalicia en todos los casos, sino que se divide en tres modalidades principales basadas en la edad y condición del hijo.
Hasta los 16 años
Se otorga de manera automática a los hijos menores que acrediten el vínculo filial con el asegurado o pensionado fallecido.
De los 16 a los 25 años (Estudiantes)
La pensión puede extenderse siempre que el beneficiario esté estudiando en planteles del Sistema Educativo Nacional. El requisito indispensable es que no estén dados de alta en el Régimen Obligatorio del Seguro Social (es decir, que no tengan un trabajo formal donde coticen).
Mayores de 16 años con incapacidad
En casos donde el hijo presente una enfermedad crónica, defecto físico o psíquico que le impida mantenerse por su propio trabajo, la pensión se otorga de forma indefinida, hasta que la incapacidad desaparezca.

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Requisitos para solicitar la pensión de orfandad
Para que el IMSS autorice el pago de la pensión, el asegurado fallecido debía cumplir con ciertos criterios de cotización, y el beneficiario debe acreditar su derecho.
- Semanas cotizadas: El padre o madre fallecido debía tener al menos 150 semanas de cotización al momento de morir y estar vigente en sus derechos (o en periodo de conservación de derechos).
- Vínculo y edad: Es necesario presentar documentos oficiales que acrediten el parentesco y la edad del solicitante.
- Dictámenes médicos: Si el fallecimiento fue por riesgo de trabajo, se requiere el dictamen ST-3. Además, si el hijo es mayor de 16 años y padece una enfermedad o discapacidad, se requiere el dictamen ST-6 (Beneficiario Incapacitado) expedido por el IMSS.
¿Cómo iniciar el trámite este 2026?
El proceso debe iniciarse de forma presencial. El interesado (o su tutor legal) debe acudir a la ventanilla de prestaciones económicas de la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que le corresponda.

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