(ANGÉLICA SANDOVAL)
A partir del primero de enero de 2027 entran en vigor las modificaciones a la Ley de Hacienda de los 39 municipios del estado de Durango referentes al cobro del Derecho de Alumbrado Público (DAP) por lo que a partir de noviembre de este año, los ayuntamientos deberán elaborar sus iniciativas de Leyes de Ingresos para dicho ejercicio fiscal, considerando las adiciones que se hicieron y que fueron aprobadas en mayo pasado por el Congreso Local.
La iniciativa fue presentada por la diputada e integrante de la Coalición Parlamentaria Cuarta Transformación, Flora Isela Leal Méndez, integrante, a fin de adicionar la Sección Novena Bis, denominada “Del Servicio de Alumbrado Público” a la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Durango.

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Lerdo debe dar cumplimiento al artículo 166 de la Ley de Hacienda para adecuar la Ley de Ingresos y poder cobrar de acuerdo a lo que la ley estableceEn el dictamen presentado ante la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Cuenta Pública, los legisladores morenistas señalaron que el DAP es una contribución que pueden cobrar los municipios por el servicio de alumbrado público, principalmente, para pagar el suministro de energía eléctrica, así como para mantener y mejorar las luminarias y redes de suministro de alumbrado.

La forma en la que se determina el cobro de este servicio es a través de fijar una tasa sobre el importe de consumo individual de energía o bien una cuota fija de acuerdo con lo establecido en el convenio con la Comisión Federal de Electricidad (CFE), la cual no debe exceder de 10 por ciento del monto consumido, lo que resulta desproporcionado e inequitativo para los usuarios ya que el pago de la contribución debe de ser por el servicio de alumbrado público que brinda el municipio en las aéreas comunes y no por la cantidad de energía eléctrica que se consuma en cada hogar, tal como sucede.
En ese sentido, este martes Leal Méndez, dijo que las nuevas modificaciones implican otorgar incentivos fiscales en todos los municipios duranguenses así como realizar la zonificación correspondiente y que se cuente con certeza jurídica para aplicar el principio de proporcionalidad tributaria, es decir, que exista congruencia en cuanto a la cuantificación de personas físicas y morales usuarias del servicio, y el costo total anualizado, con sus actualizaciones, que eroga el municipio por la prestación de tal servicio.

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La diputada, dijo que el DAP se cobra desde 2021 y citó como ejemplo que en Gómez Palacio, donde ya existe una zonificación, se cobran entre 25 y 35 pesos mientras que en Lerdo, de 125 a 135 pesos y en Durango capital 6.8 pesos. Finalmente, comentó que se mantendrá vigilante del tema en los ayuntamientos y recordó que las modificaciones aprobadas en mayo de 2025, incorporan las propuestas que ya había presentado en septiembre y noviembre de 2024.