¿Quiénes integran el Consejo Ciudadano de Seguridad Pública de Gómez Palacio?
El Cabildo aprobó este jueves 29 de enero, por unanimidad, la integración de los integrantes del Consejo Ciudadano de Seguridad Pública del Municipio de Gómez Palacio que se integra por 6 vocales, 15 consejeros, un secretario técnico, un vicepresidente y un presidente. No obstante, no se ha definido aún quién lo habrá de presidir y por ende tampoco a la figura de la vicepresidencia.
De acuerdo con el Artículo 16 del Reglamento del Consejo Ciudadano de Seguridad Pública de Gómez Palacio, el Presidente de este consejo será nombrado mediante votación del Consejo, de entre sus miembros mientras que el Vicepresidente será propuesto por el Presidente y nombrado mediante votación del Consejo.
Cada Consejero tendrá a un suplente que lo sustituirá en sus ausencias, siendo este nombrado o designado por la Institución que represente, teniendo las mismas prerrogativas que el propietario.
El Reglamento establece la forma en la que deberá ser integrado el consejo e indica que en el caso de los consejeros, para lograr la mayor representatividad de la sociedad, se convocarán, de las siguientes instituciones:
- Asociaciones de padres de familia de planteles escolares públicos y privados.
- Instituciones de educación superior, públicas y privadas.
- Colegios de profesionistas y técnicos.
- Instituciones educativas y de salud.
- Medios de comunicación.
- Fundaciones o juntas de asistencia privada que tengan por objeto el apoyo a la asistencia pública.
- Patronatos de apoyo a reos y menores liberados.
- Organismos empresariales.
- Asociaciones de servicio y demás organismos sociales intermedios.
- Instituciones u organizaciones de protección civil y de auxilio a la comunidad.
- Corporaciones de servicios privados de protección y vigilancia.
- Organizaciones gremiales.
- Organizaciones civiles interesadas en contribuir a mejorar la seguridad pública en su comunidad.
- En general, a personas físicas y morales que se interesen en colaborar con los propósitos y fines de los programas de seguridad pública, pudiendo en su caso, ser miembros del Cabildo.
¿Quiénes lo integran?
Como se informó, los cargos de Presidente y Vicepresidente no se han definido porque en el caso del primero deberá ser nombrado mediante votación del Consejo, de entre sus miembros mientras que el Vicepresidente será propuesto por el Presidente.
Como secretario Técnico fungirá el director de Seguridad Pública y Protección Ciudadana, Luis Alberto Duarte Vázquez.
Como vocales quedaron: Sanjuana Guadalupe Aguirre González (directora del DIF), Alfonso Javier Mijares Ramírez (director de Protección Civil), Yafed Emanuel Camacho Buendía (director de Prevención del Delito), Felipe del Río Martínez (director de Cultura), Carlos Alberto Martínez Padilla (director de Deportes) y Betsy Gisela Vargas Angulo (directora del Instituto Municipal de la Mujer).
Como consejeros: El síndico municipal Juan Francisco González Díaz (presidente de la Comisión de Seguridad Pública), Alejandra López Romero (presidenta de la Sociedad de Padres de Familia de la primaria Minerva Martínez), Arlín Isabel Cisneros Murillo (presidenta de la Sociedad de Padres de Familia de la primaria Francisco Villa), Donato Gutiérrez (presidente del Comité Directivo Local Cruz Roja Gómez Palacio), José Piña Álvarez (Consejo Coordinador Empresarial), Marco Antonio Zamarripa González (Dir. Del Consejo Cívico de las Instituciones Laguna), Homero del Bosque (vicepresidente de Canacintra Gómez Palacio), Edgar Héctor Olivas Calderón (académico y director de la Facultad de Ciencias Químicas de la UJED), Héctor Alejandro Esparza Nieto (conductor de noticieros del Heraldo Radio y director de la Revista Voces Nómadas), Lucero Sánchez Aguilar (reportera de Multimedios y secretaria general del Sindicato de Trabajadores de la Industria de la Radio y Televisión), Marlene Adriana Félix Montes (representante estudiantil de la FEUD Laguna), Juan Cuitláhuac Ávalos Méndez (empresario), Alejandro Jiménez Algara (dirigente de la CMIC Laguna), Sandra Luz Guerrero García (rectora de la Universidad Iberoamericana para el Desarrollo, Campus Gómez Palacio), Martha Elena Webb Moreno (Premio Medalla Santiago Lavín Cuadra en materia de Educación)
¿Cuáles son las facultades y Obligaciones de este Consejo?
Las facultades y obligaciones del Consejo, según el Artículo 22 del Reglamento del Consejo Ciudadano de Seguridad Pública de Gómez Palacio son las siguientes:
I. Coadyuvar en la elaboración de planes y programas municipales, en materia de seguridad pública
II. Coadyuvar con la Dirección General, en la elaboración de programas, instrumentos y acciones, en materia de seguridad pública.
III. Ser fuente de consulta, análisis y opinión en materia de seguridad pública;
IV. Analizar la problemática en las zonas con mayor índice de delincuencia y proponer los objetivos y programas para su adecuada solución;
V. Proponer normas y procedimientos que permitan mejorar la atención y seguridad al denunciarlas quejas que formule la ciudadanía en contra de abusos de los elementos operativos de la Dirección General;
VI. Proponer al Presidente Municipal, la celebración de acuerdos de coordinación en materia seguridad pública y participación ciudadana, con los gobiernos federal, estatal u otros municipios;
VII. Promover la profesionalización de los elementos de la Dirección General, a efecto de que su desempeño sea apegado a las normas constitucionales y con estricto respeto a las garantías individuales y los derechos humanos;
VIII. Organizar y participar en foros de discusión relativos a la problemática de seguridad y participación ciudadana;
IX. Preparar, elaborar y publicar en centros escolares, colonias, barrios, fraccionamientos y demás lugares estratégicos, material informativo sobre sistemas de protección ciudadana, tendientes a formar conciencia de sus implicaciones, mediante la exposición de los objetivos y programas de seguridad pública;
X. Difundir los derechos y obligaciones de la ciudadanía, así como las atribuciones de las Instituciones de policía;
XI. Diseñar y coordinar proyectos, mediante los cuales, la sociedad civil se involucre de diversas maneras en los programas de protección ciudadana;
XII. Proponer las modificaciones de este reglamento que sean necesarias;
XIII. Impulsar la participación ciudadana para la solución en los temas relativos a la seguridad pública, a través de acciones, programas y proyectos que la fomenten;
XIV. Coordinarse con la Dirección General, a través de la Unidad de Prevención del Delito, con el objeto de realizar acciones conjuntas y de carácter integral, atendiendo las causas que generan la comisión de delitos, las conductas antisociales, así como programas y acciones que fomenten en la sociedad valores culturales y cívicos, que induzcan a la legalidad, el respeto a los derechos humanos y la participación ciudadana;
XV. Presentar propuestas en aquellos asuntos que sean de su competencia;
XVI. Las demás que le señale el reglamento u otros ordenamientos aplicables.