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SAT aclara que la Constancia de Situación Fiscal no es requisito para facturar

SAT aclara que la Constancia de Situación Fiscal no es requisito para facturar

SAT aclara que la Constancia de Situación Fiscal no es requisito para facturar

FABIOLA PÉREZ-CANEDO

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó a los contribuyentes que la Constancia de Situación Fiscal (CSF) no es un requisito obligatorio para la emisión de facturas electrónicas (CFDI). En este sentido, el organismo precisó que cualquier emisor que condicione la expedición de una factura a la entrega de dicho documento incurre en una infracción que puede ser sancionada con multas de hasta 122 mil 440 pesos.

De acuerdo con el artículo 83, fracción IX, del Código Fiscal de la Federación, se considera una infracción el exigir la Cédula de Identificación Fiscal o la CSF como condición para emitir un CFDI. Las sanciones establecidas van de 21 mil 420 a 122 mil 440 pesos, dependiendo de la gravedad del caso.

El SAT aclaró que para emitir una factura electrónica únicamente se requieren la clave del RFC, el nombre o razón social, el código postal y el régimen fiscal. Estos datos pueden obtenerse directamente a través de la Cédula de datos fiscales disponible en el portal oficial: https://www.cloudb.sat.gob.mx/datos_fiscales/.

Asimismo, el organismo tributario subrayó que los empleadores no deben solicitar la CSF a sus trabajadores para el timbrado de nómina. En caso de requerir información, pueden hacerlo mediante un caso de aclaración conforme a la ficha de trámite 44/CFF, incluida en el Anexo 2 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

La autoridad recordó que la Constancia de Situación Fiscal contiene información relevante únicamente para cada contribuyente, como sus actividades económicas, obligaciones y domicilio fiscal, por lo que no es necesaria para la emisión de CFDI. Además, la CSF no tiene vigencia definida y solo se actualiza cuando el contribuyente realiza modificaciones en su RFC, como cambios de domicilio, actualización de régimen fiscal, incorporación de actividades económicas o ajustes relacionados con la CURP. Por ello, no es necesario obtenerla de manera periódica.

El SAT también detalló los canales disponibles para acceder a la CSF. Las personas físicas y morales pueden descargarla desde el portal sat.gob.mx con contraseña o e.firma vigente. En el caso de personas físicas, está disponible de forma permanente en la aplicación SAT Móvil, puede solicitarse mensualmente a través de SAT ID, obtenerse en la Oficina Virtual mediante cita en citas.sat.gob.mx, o bien en las oficinas del SAT sin cita, presentando identificación oficial vigente o huella digital.

Con estas precisiones, el SAT busca evitar prácticas indebidas en la emisión de facturas y garantizar que los contribuyentes conozcan sus derechos y obligaciones, evitando cargas innecesarias y posibles sanciones.

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