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Declaración Anual 2025

SAT recuerda plazo para Declaración Anual 2025; vence el 30 de abril y prevén más de 11.4 millones de trámites

El organismo destaca facilidades digitales, información precargada y nuevas reglas para devoluciones con e.firma

SAT recuerda plazo para Declaración Anual 2025; vence el 30 de abril y prevén más de 11.4 millones de trámites

SAT recuerda plazo para Declaración Anual 2025; vence el 30 de abril y prevén más de 11.4 millones de trámites

FABIOLA P. CANEDO

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recuerda que el periodo para la presentación de la Declaración Anual 2025 de personas físicas comenzó el 1 de abril y concluirá el día 30 de este mismo mes. Como cada año, millones de contribuyentes deberán cumplir con esta obligación fiscal, aunque en esta ocasión el organismo asegura que el trámite será más ágil gracias a mejoras en el portal y a la información precargada que facilitará el llenado de formularios.

El administrador de Servicios al Contribuyente de Coahuila 2, Alberto Báez Castro, recordó que el aplicativo para la declaración está disponible en línea las 24 horas del día, lo que permite a los contribuyentes realizar el trámite sin necesidad de acudir a oficinas. Además, se habilitó un calendario informativo que señala los días en que el sistema suele registrar menos tráfico, con la intención de evitar saturaciones y dar mayor comodidad a quienes presentan su declaración.

El arranque del periodo mostró una respuesta inmediata, pues tan solo en el primer día se recibieron más de 600 mil declaraciones. El SAT estima que este año se presentarán más de 11 millones 424 mil declaraciones, lo que representaría un incremento de 3% respecto al año anterior.

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La declaración es obligatoria para quienes obtuvieron ingresos por sueldos y salarios superiores a 400 mil pesos anuales, para quienes trabajaron con más de un empleador, recibieron ingresos adicionales como indemnizaciones o pensiones que exceden lo previsto en la ley, así como para quienes perciben ingresos por servicios profesionales, actividades empresariales, arrendamiento de inmuebles, intereses, dividendos o enajenación de bienes. En el caso de las personas que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico), algunas pueden quedar relevadas de esta obligación, aunque también tienen la opción de presentarla si así lo deciden.

Entre las novedades de este año destaca que los contribuyentes con saldo a favor igual o mayor a 10 mil pesos deberán solicitar la devolución utilizando la e.firma, mientras que para montos menores bastará con la contraseña. Esta medida busca dar mayor seguridad en las devoluciones y agilizar los procesos.

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El SAT insiste en que las herramientas digitales están diseñadas para que el trámite sea más sencillo, pero la responsabilidad sigue siendo que el contribuyente presente la declaración dentro del plazo establecido.

Para quienes aún tienen dudas, el portal del SAT ofrece información detallada y acceso directo al aplicativo en la liga: https://www.sat.gob.mx/minisitio/DeclaracionAnual/Personas/index.html.

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