El miércoles, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró constitucional una reforma al Código Civil de la Ciudad de México en materia de arrendamiento de vivienda que puso un tope al incremento anual de la renta y fijó la obligación de los arrendadores a registrar los contratos en un Registro Digital a cargo del gobierno de la capital.
El proyecto del amparo en revisión 546/2025 del ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz contó con el respaldo de los demás ministros, con ajustes expresados por ellos a fin de enriquecer la resolución final, especialmente en la información solicitada por el registro de contratos, a fin de proteger a ambas partes.
Tal fue el caso de la ministra Loretta Ortiz quien expresó estar a favor negar el amparo, protegiendo el derecho a una vivienda digna y adecuada, al incentivar que en contratos de arrendamiento la parte arrendadora no establezca clausulas abusivas que permitan aumentos exorbitantes en perjuicio de la parte arrendataria.
Argumentó que el registro de contratos sería válida si se exige proporcionar los datos indispensables como el tipo de persona física o moral de la persona arrendadora; la ubicación del inmueble y la renta pactada.
La ministra Lenia Batres externó que con el proyecto se garantizaba que el arrendador obtenga una "ganancia justa" y al mismo tiempo se protegía a quienes tienen que vivir en inmuebles alquilados por no tener la propiedad de la vivienda.
El ministro Arístides Guerrero rechazó el registro, considerando que sólo debería accederse a la información "estrictamente necesaria", no solicitar adicional, ante el riesgo de que una vez vulneradas las medidas de ciberseguridad se pueda acceder a toda la base de datos.
Guerrero alertó que la reforma no contiene los mínimos estándares de privacidad desde el diseño para proteger los datos personales, corriendo el riesgo de ser vulneradas sus medidas de seguridad.
Suprema Corte declara constitucional tope a incremento anual de renta en viviendas