Este martes, la Suprema Corte resolvió por unanimidad un amparo directo en revisión respecto a la falta contra una mujer detenida por presunto secuestro que no fue juzgada con perspectiva de género.
El amparo directo en revisión de la ministra María Estela Ríos González consistía en revocar la sentencia recurrida, devolver los autos al Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito y darse vista al Ministerio Público.
La ministra Ríos González explicó que la mujer y otros hombres fueron detenidos, procesados y luego sentenciados a 30 años de prisión por el delito de secuestro agravado, modificándose luego la sentencia a 27 años de prisión.
La informe promovió un amparo directo alegando tortura e inconformidad con el reconocimiento por voz y fotografía. El Tribunal Colegiado le negó el amparo, en desacuerdo interpuso un recurso de revisión, manifestando que se le afectó su derecho a ser juzgada con perspectiva de género.
La ministra consideró que el Tribunal de Amparo no consideró que la víctima del secuestro reconoció a la mujer como la persona que le dio de comer y fue amarrada de pies y manos para acostarla en la cama a lado de la víctima, tampoco sin estudiar la posible situación de vulnerabilidad intersectional de la quejosa y su contexto de violencia.
La ministra Yasmín Esquivel se declaró de acuerdo con el proyecto, apartándose de los párrafos donde se afirmaba que las labores de cuidado de la víctima no eran de coautoría sino de simple partícipe.
Los ministros Loretta Ortiz y Giovanni Figueroa también coincidieron respecto al análisis del proyecto, pero la primera difirió ya que la cita de una tesis fue distinta del caso actual, ya que en el primero se siguieron las reglas y en el presente no se obtuvo la confesión con apego a las reglas del debido proceso.
"La opacidad e irregularidades en la detención en el caso son latentes, se detuvo a la quejosa por un delito que después prosperó, el de "ultrajes a la autoridad", pero estando retenida se le tomaron fotos y registro de voz que después se usaron para reconocimiento en los que se fundó otra condena por el delito de secuestro", contextualizó Ortiz.
Figueroa señaló que con motivo de la invalidez del arraigo del que fue objeto la persona, no se incluyó el análisis de voz por un perito y se mostró únicamente de acuerdo en darse vista al Ministerio Público con la denuncia de tortura.
A favor del proyecto estuvieron las ministras y ministros Herrerías Guerra; Espinoza Betanzo, quien se apartó de dos párrafos; su autora; la ministra Esquivel; Ortiz se separó de uno; Figueroa de 13; y finalmente, Guerrero y el ministro presidente Hugo Aguilar con el proyecto.
Suprema Corte resuelve por juzgar con perspectiva de género caso de mujer acusada de secuestro