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Suprema Corte resuelve proyecto sobre licencias de portación de armas de fuego

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió por mayoría para revocar un amparo en revisión que discutía si la ley que faculta a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) para suspender y cancelar licencias de portación de armas de fuego eran un acto privativo o de molestia. 

El amparo en revisión 179/2025 del ministro Arístides Guerrero se originó luego de que a una empresa de seguridad privada se le canceló una licencia colectiva para portar armas, se presentó un juicio de amparo y se le otorgó la razón al considerar que la ley vulneraba el derecho de audiencia previa. 

El Poder Ejecutivo y la Sedena impugnaron la decisión, llegando así el caso a la Suprema Corte. Al respecto, su autor el ministro Guerrero propuso en el proyecto que era constitucional el Artículo 30 de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, al determinar que no vulnera el derecho de audiencia previa, pues la cancelación de la licencia es provisional.

La provisionalidad estaba condicionada a una resolución posterior de naturaleza definitiva emitida por Defensa, derivada de un procedimiento donde el afectado puede alegar lo que a su derecho convenga y aportar las pruebas necesarias. 

El ministro propuso revocar la sentencia recurrida, negar el amparo a la parte quejosa y reservar jurisdicción al tribunal colegiado. 

Opinó que el avance de una sociedad "No se mide por su capacidad para acumular armas, sino por su capacidad para evitar que tengan que ser utilizadas". 

La  ministra Yasmín Esquivel consideró que el caso debía sobreseerse porque la licencia otorgada a la empresa tenía una duración de dos años, contando de mayo de 2023 a mayo de 2025. 

El ministro Irving Espinoza dijo que votaría a favor del proyecto con voto concurrente, ya que el proyecto declara fundados los agravios de la Presidencia y el titular del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos de la Sedena, sin embargo este no tendría la legitimación para defender la constitucionalidad del Artículo 30. 

Con el sentido del proyecto se mostraron las ministras y ministros Sara Irene Herrerías, Irving Betanzo, María Estela Ríos, Lenia Batres, Loretta Ortiz, Giovanni Figueroa, el ministro presidente Hugo Aguilar y su autor, Arístides Guerrero.

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