Tribunal cierra la puerta a suspensiones contra el registro obligatorio de líneas telefónicas
El Primer Tribunal Colegiado Especializado en Telecomunicaciones determinó por unanimidad que los jueces encargados de analizar amparos contra la nueva medida de vinculación de líneas telefónicas no podrán otorgar suspensiones que eviten la desconexión de números no asociados a datos personales.
Actualmente, estos recursos legales se concentran en los tres juzgados especializados en telecomunicaciones ubicados en la Ciudad de México, mientras que sólo dos tribunales colegiados cuentan con la última palabra en materia de suspensión.
La sentencia —presentada por la magistrada Paula García Villegas— sostiene que permitir el uso de líneas sin registro representaría un riesgo social.
“Permitir a los usuarios el disfrute de un beneficio destinado a activar y mantener activa su línea, sin que se vincule con sus datos personales, redundaría en una afectación negativa a la colectividad, al no contar el Gobierno con la información necesaria para identificar a las personas que lleguen a cometer delitos”, señala el fallo, que es inapelable.
La obligación de asociar cada número telefónico con información personal fue aprobada por el Congreso de la Unión en julio, dentro de la nueva Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión. Posteriormente, en diciembre, la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones emitió los lineamientos operativos para su aplicación.
Desde entonces, cientos de usuarios han intentado frenar la disposición mediante amparos. Sin embargo, las demandas han llegado de forma gradual a los juzgados especializados —muchas procedentes de distintas regiones del país o de tribunales administrativos capitalinos—.
Hasta ahora, sólo alrededor de 50 recursos han sido admitidos para trámite y ninguno ha obtenido suspensión. En otros expedientes, los jueces han solicitado a los quejosos comprobar que utilizan líneas de prepago, mientras que algunos amparos han sido desechados por presentarse fuera de plazo.