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Este martes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolverá unas acciones de inconstitucionalidad contra partes de la reforma electoral en Durango aprobada en julio pasado donde se prevé rechazar cambios en materia de paridad de género y avalar la repartición de votos entre las candidaturas comunes.
La acción de inconstitucionalidad 66/2026 y acumuladas 82/2026, 85/2026 y 87/2026 turnada a la ponencia de la ministra María Estela Ríos tuvo como promoventes al Partido Encuentro Solidario Durango, Morena, Movimiento Ciudadano y el Poder Ejecutivo quienes señalaron la inconstitucionalidad de los artículos 18 y 32 Quáter de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Durango, los cuales advirtieron que en el primero para la elección de gobernador se busca observar en la postulación el principio de “alternancia de género” y no el de paridad; mientras respecto al segundo se busca que los votos se distribuyan según un convenio entre los partidos políticos antes de la postulación de una candidatura común.

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Respecto a la recolección de los plásticos en los módulos de atención, el retiro por aplicación del artículo 155 de la LGIPE se efectuará a más tardar el 1 de marzoEn su reclamo, Movimiento Ciudadano señaló que se pretende establecer la llamada “cláusula de vida eterna” que permite a los partidos sin fuerza electoral sobrevivir pese a no obtener directamente los votos necesarios. En su argumento, la ministra Ríos expresó que las personas saben cuáles partidos integran la candidatura común.

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