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Ley Federal de Trabajo aclara cuánto te deben pagar si trabajas el 1 y 2 de noviembre

¿Trabajas el 1 o 2 de noviembre de 2026? La Ley Federal del Trabajo no contempla ambos días por igual. Conoce qué pago te corresponde cada día

Esto es lo que te deben pagar por trabajar el 1 y 2 de noviembre. (Especial)

Esto es lo que te deben pagar por trabajar el 1 y 2 de noviembre. (Especial)

REDACCIÓN DIGITAL
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Aunque recién estamos por llegar a la primer quincena de octubre la mente de muchos mexicanos ya está situada en el 1 y 2 de noviembre, días en que se llevan los principales festejos por el Día de Muertos, y que, por lo mismo despiertan la duda en algunas personas sobre de cuánto debe ser su pago por trabajar en estos días. Te compartimos lo que establece la Ley Federal del Trabajo (LFT).

¿Cómo se pagan el 1 y 2 de noviembre? La LFT lo aclara

La Ley Federal del Trabajo (LFT) no contempla como días de descanso obligatorio al 1 y 2 de noviembre. Por lo que si trabajas durante estos días, el pago que recibirás será tu salario diario normal.

No obstante, como el 1 de noviembre de 2026 es domingo, quienes trabajen durante este día tendrán derecho al pago de la prima dominical, un pago adicional del 25% sobre el salario diario ordinario. Ya que el artículo 71 de la LFT establece que:

“Las personas que elaboren en domingo tendrán derecho a una prima adicional de un 25% por lo menos sobre el salario de los días ordinarios de trabajo”.

La prima dominical se otorga debido a que la ley procura que el día de descanso semanal sea el domingo.

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¿Qué días feriados obligatorios le quedan a 2026? 

A 2026 le quedan únicamente dos días feriados obligatorios, uno en noviembre y otro en diciembre.

  • 16 de noviembre - Por el 20 de noviembre, Aniversario de la Revolución Mexicana. La LFT establece que cada tercer lunes de noviembre se descansará por la conmemoración de este hecho histórico.
  • 25 de diciembre - Navidad 

Durante estos días la LFT establece que todo trabajador que se presente a laborar deberá recibir su salario, más un salario doble por presentarse a trabajar. Por lo que, si eres requerido a trabajar en cualquiera de estos días de descanso obligatorio deberás recibir un pago equivalente a tres salarios diarios.

Los trabajadores que no reciban el pago justo por su trabajo pueden denunciar el incumplimiento ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (Profedet). Sus medios de contacto son el correo electrónico quejasdelservicio@stps.gob.mx y el número telefónico 55 59 98 20 00 ext. 44750 y 44917.

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