Maternidad vulnerada: dar vida sin perder la propia voz
En una sala de parto donde la vida encuentra su primer aliento, también puede nacer el miedo y la impotencia, pues lo que debería ser un espacio de cuidado y respeto, para miles de mujeres se ha convertido en uno de violencia obstétrica.
En ocasiones no deja cicatrices físicas, pero sus consecuencias trascienden el momento del parto a través de humillaciones, tractos despectivos e inhumanos, falta de acompañamiento o infantilización. Otras veces, se manifiesta en forma de procedimientos innecesarios, negación del alivio del dolor, cesáreas injustificadas, imposición de métodos anticonceptivos o esterilización sin consentimiento, así como la separación de la madre y su recién nacido sin una razón médica.
Estos actos y omisiones que durante décadas se normalizaron, representan una violación al derecho de las mujeres a recibir una atención digna, respetuosa e informada.

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Experimentar sangrado vaginal en este periodo es una señal de alerta que exige valoración inmediataReconocimiento legal
En Coahuila, la violencia obstétrica está reconocida legalmente por medio de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en su artículo 8 fracción VII, mientras que en Durango la Ley de las Mujeres para una Vida sin Violencia la reconoce en su artículo 6 fracción III.
Si bien aún no está tipificada como un delito penal, puede sancionarse mediante vías administrativas, civiles y de derechos humanos.

¿A dónde acudir?
Si fue víctima de violencia obstétrica que no trasciende hacia la salud física, es necesario acercarse a la unidad de salud pública o privada donde fue atendida para presentar la queja correspondiente, pues existen procedimientos internos para sancionar al personal con amonestaciones, multas, suspensión o inhabilitación laboral.

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Fuera del plano estético, la apariencia de los tuppers podría ser señal de reemplazo para evitar riesgos a la saludTambién es posible hacer una denuncia a través de la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (CONAMED), la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) o las comisiones estatales de derechos humanos.
En casos donde los actos u omisiones dejaron una lesión grave que pudo haber puesto la vida en riesgo, tiene derecho a solicitar la reparación proporcional del daño, lo que se respalda en el artículo 113 de la ley mencionada anteriormente en Coahuila y en el artículo 5 fracción XIV de Durango. Para ello se presenta una denuncia ante la Fiscalía federal o local.
Puede acudir al Instituto Municipal de la Mujer (IMM) para obtener asesoría jurídica y psicológica inicial.
Teléfonos
- CONAMED: 844 415 5738 y 844 415 5779.
- CNDH: 555 490 7400.
- IMM Torreón: 871 500 7419.
- IMM Gómez Palacio: 871 714 4515.