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Proyecta ministra invalidar figura de maestro sombra en Durango por falta de consulta

Esquivel Mossa manifestó que la propuesta convertida en ley incidía en las personas con discapacidad y por lo tanto estaba la obligación del Congreso de hacer una consult

Proyecta ministra invalidar figura de maestro sombra en Durango por falta de consulta

Proyecta ministra invalidar figura de maestro sombra en Durango por falta de consulta

EL SIGLO

Este lunes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) pospuso la resolución de una acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley de Educación del Estado de Durango sobre la figura de maestro sombra como integración de estudiantes con dificultad para su desarrollo.

La acción de inconstitucionalidad 119/2025 promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y turnada a la ministra Yasmín Esquivel contempla declarar como procedente y fundada la acción, así como la invalidez de un inciso de la Ley adicionado en septiembre de 2025; la invalidez surtirá efectos a los 12 meses luego de notificarse al Congreso de Durango, mientras en ese plazo se desarrolle una consulta a las personas con discapacidad, legislando así en su sentido.

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El proyecto de la ministra Esquivel pretende invalidar el artículo 21, fracción XLVII, inciso g) de la Ley de Educación del Estado de Durango el cual estableció como atribuciones de la Secretaría el promover el derecho a la educación de las personas con discapacidad, prohibiendo cualquier discriminación y difundiendo el respeto a la diversidad, en su caso, promoviendo que estudiantes de profesiones afines a la educación especial (Ej. psicología o pedagogía) puedan brindar apoyo a las personas que lo requieran participando como auxiliares especializados.

Esquivel Mossa manifestó que la propuesta convertida en ley incidía en las personas con discapacidad y por lo tanto estaba la obligación del Congreso de hacer una consulta previa a la emisión de la norma reclamada, en virtud  de que estas pueden determinar si una medida es adecuada y suficiente.

Sin desconocer la “posible intención benéfica” del legislador, la ministra reiteró que son las personas con discapacidad quienes determinan la forma ideal y necesaria para salvaguardar sus derechos.

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La ministra manifestó que durante el proceso legislativo que originó el artículo reclamado no se realizó una consulta previa, pese a la necesidad de realizarla, en consecuencia se declaraba la invalidez del apartado.

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