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¿Cómo saber si soy beneficiario del traspaso de 24 mmdp de Afores al Fondo de Pensiones?

Este beneficio se otorga a los trabajadores mayores de 65 años de edad

¿Cómo saber si soy beneficiario del traspaso de 24 mmdp de Afores al Fondo de Pensiones?

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EL SIGLO

El miércoles, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió por unanimidad como infundada la acción de inconstitucionalidad promovida por diputados federales contra la reforma a la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar y el traspaso de 24 mil millones de pesos provenientes de cuentas inactivas de Afores.

El Fondo de Pensiones creado durante el sexenio del expresidente López Obrador es un fideicomiso público que le otorga a los trabajadores mejores pensiones, prometiendo una vejez digna, según la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).

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En abril de 2025, la Consar informó que con los recursos del fondo el gobierno federal otorga un complemento económico solidario al monto de pensión que corresponde a los trabajadores, “A fin de hacer justicia y contribuir a una vida digna acorde a la política de bienestar”.

Este beneficio se otorga a los trabajadores mayores de 65 años de edad que cotizaron en el IMSS a partir del 1 de julio 1997 y a quienes tengan cuentas individuales cotizando a partir del 1 de abril de 2007 en el ISSSTE, mediante una pensión garantizada, renta vitalicia o retiro programado.

El Fondo de Pensiones funciona entonces como una bolsa de recursos integrada por aportaciones de diferentes instituciones que tiene como objetivo complementar la pensión de quienes cotizaron en el IMSS o tienen cuentas individuales del ISSSTE.

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El proyecto en cuestión es la acción de inconstitucionalidad 116/2024, el cual fue turnado a la ministra Loretta Ortiz

Así con su pensión base más el complemento de pensión se da una equivalente al último salario del trabajador, garantizando que cuenta con hasta 17 mil 364 pesos mensuales, equivalentes al salario mensual promedio registrado en el 2025 por el IMSS, aunque el monto deberá actualizarse cada 1 de enero, según la inflación estimada.

En su apartado de preguntas frecuentes, el Fondo aclaró que si una persona tiene menos de 70 años en el caso del IMSS y menos de 75 en el del ISSSTE, pese a no tener relación laboral vigente, sus ahorros no serán transferidos al Fondo. 

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