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Suprema Corte protege a estudiante y resuelve garantizar gratuidad de educación nivel posgrado

Lenia Batres opinó que el Congreso de Guanajuato debe cumplir con su obligación constitucional de destinar los recursos necesarios para consolidar el principio de gratuidad

EL SIGLO

Este jueves, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió un amparo en revisión bajo el cual se garantizó la gratuidad de la educación a nivel posgrado.

El amparo en revisión 526/2025 de la ministra Sara Irene Herrerías Guerra resolvió el cas de un estudiante becado de maestría en la Universidad de Guanajuato quien realizó un pago de inscripción tardío ante la institución, sin embargo la universidad le canceló su inscripción al tercer semestre, impidió que los profesores subieran sus calificaciones al sistema y le negó su inscripción al cuarto semestre notificando al Consejo Nacional de Humanidades, Ciencia y Tecnología (Conahcyt) la modificación de su situación, en respuesta el alumno promovió un amparo indirecto reclamando lo anterior.

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Siguiendo el trámite, un juzgado de Distrito determinó sobreseer los actos y negarle el amparo, a lo que el quejoso interpuso un recurso de revisión y las autoridades interpusieron otros recursos de revisión.

Siendo posteriormente que la Suprema Corte atrajo el caso.

El proyecto de la ministra Herrerías Guerra planteó dejar en firme el sobreseimiento por inexistencia del acto consistente en la cancelación de inscripción a la maestría, declarar infundados los recursos de revisión interpuestos por la universidad y el Congreso del Estado así como declarar fundado el recurso de revisión interpuesto por la SECIHTI.

En su análisis general, la ministra Lenia Batres opinó que el Congreso de Guanajuato debe cumplir con su obligación constitucional de destinar los recursos necesarios para consolidar el principio de gratuidad en la educación superior.

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La ministra María Estela Ríos rechazó el proyecto señalando que el estudiante no cumplió con el proceso administrativo de re adscripción lo que llevó a la cancelación, opinando entonces que la actuación de la autoridad no constituye una violación al derecho a la educación, “sino la observación de la normativa universitaria”.

El ministro presidente Hugo Aguilar planteó que el proyecto reiteraba la gratuidad de la educación superior, lo cual es un derecho reconocido y garantizado en la Constitución a lo que centró la discusión hasta que límite se puede exigir esa gratuidad.

Señaló que el derecho a la Licenciatura es lo mínimo que ha exigido la Corte, por lo que se centró en apoyar parcialmente el proyecto.

Con siete votos a favor, de los cuales dos fueron concurrentes y uno particular. 

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Escrito en: SCJN Educación

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