Este martes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) votó a favor de sobreseer una acción de inconstitucionalidad promovida por senadores de la República contra los Poderes Legislativo y Ejecutivo Federal contra un decreto que validó la extinción de fondos y fideicomisos.
La acción de inconstitucionalidad 303/2020 del ministro Arístides Guerrero buscaba determinar si el decreto publicado en noviembre de 2020 afectaba algún derecho fundamental reconocido en la Constitución.
El argumento del proyecto planteaba que no se actualizaron violaciones con potencial invalidante en el proceso legislativo, utilizándose una motivación ordinaria, ya que los fondos y fideicomisos fueron considerados como mecanismos para auxiliar el ejercicio de sus atribuciones.
Estas modificaciones no afectaron derechos fundamentales, según el ministro Guerrero, al no eliminar las obligaciones del Estado y sólo cambió la forma de cumplirlas, sin ser inconstitucionales.
El ministro Guerrero señaló durante el debate de la acción de inconstitucionalidad tuvo el cierre de instrucción desde noviembre de 2021, con la Corte dejando transcurrir casi cinco años para su resolución.
La ministra Yasmín Esquivel opinó que el proyecto debe sobreseer por cesación de efectos las normas reclamadas de la Ley Aduanera y del Servicio Ferroviario, que fueron reformadas; así como la improcedencia de ordenamientos en materia de hidrocarburos, industria eléctrica, desarrollo agropecuario, ciencia y tecnología y otros.

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Agregó que se han cumplido los artículos reclamados, al tener su aplicación en 2021, hace más de cuatro años.
El ministro Giovanni Figueroa compartió en lo general las consideraciones del proyecto, acotando que el decreto habilita a la Secretaría de Hacienda a través de un artículo de la Ley de Ingresos, a ejercer recursos de los fideicomisos para fines que no estén literalmente previstos en el Presupuesto de Egresos o una ley posterior, vulnerando las facultades de la Cámara de Diputados de aprobar el Presupuesto y del Congreso de la Unión de autorizar pagos adicionales o distintos a los señalados en la Constitución.
La ministra Sara Irene Herrerías consideró que no puede hablarse de cesación de efectos, ya que las únicas modificaciones serían aquellas que restablecieran los fondos y fideicomisos, por lo que se pronunció en contra del sobreseimiento.
Proponiendo entonces que se refuerce e incluya en las modificaciones al Congreso, analizando si ofrecían una opción de financiamiento que asegure la equidad en el ejercicio a pesar del paso de los años, agregando que se incluya el Acuerdo de Escazú.
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